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TS confirma que ruidos de aviones en Barajas no vulneran derechos de vecinos

El Tribunal Supremo ha confirmado en una sentencia que los ruidos producidos por los aviones en el aeropuerto de Madrid-Barajas no vulneran derechos fundamentales de los vecinos.

Agencia EFE

Tiempo de lectura: 2'Actualizado 15:31

El Tribunal Supremo ha confirmado en una sentencia que los ruidos producidos por los aviones en el aeropuerto de Madrid-Barajas no vulneran derechos fundamentales de los vecinos.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo desestima el recurso de la Asociación de Propietarios de Chalets y Parcelas de la Urbanización Fuente del Fresno contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM).

El alto tribunal mantiene que los procedimientos de salida y maniobras de aproximación en el aeropuerto, aprobadas por acuerdo de la Comisión Interministerial entre Defensa y Fomento (CIDEFO) el 16 de abril de 2004, no vulneran los derechos fundamentales de los vecinos.

La sentencia del TSJM, dictada el 29 de octubre de 2015, consideró acreditado que dichas rutas, que fueron aprobadas en el acuerdo de la CIDEFO impugnado, no infringen las normas sobre huellas sonoras y límites de emisiones sonoras, por lo que descartó la vulneración de derechos fundamentales alegada por los recurrentes.

El TSJM rechazó los argumentos de dicha asociación, que denunció en su demanda que los aviones al despegar y al aterrizar, aplicando las rutas establecidas en la referida resolución, producían contaminación acústica y sometían a los residentes en esta urbanización y en otras del norte del aeropuerto a niveles de ruido ilegítimamente elevados.

El Tribunal Supremo sostiene que la sentencia del TSJM no ha infringido los derechos a la dignidad de las personas, a la integridad física, a la intimidad personal, a la inviolabilidad del domicilio y a la libre circulación de los vecinos.

Concluye que de acuerdo con la doctrina del Tribunal Constitucional en este supuesto los niveles de ruido producidos por el sobrevuelo de los aviones por la urbanización Fuente del Fresno "no resultan excesivos ni desproporcionados".

El Supremo añade que se encuentran dentro de los parámetros admitidos por las normas sobre huellas sonoras y límites de emisiones sonoras tras valorar las pruebas que a su juicio "no demuestran que se hayan superado los niveles definidos en la declaración de impacto ambiental".

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