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Condenan a la sanidad vasca por un error informático que provocó una muerte

Bilbao, 13 jun (EFE).- El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha confirmado una sentencia de un juzgado de Vitoria por la que se condenó al Servicio Vasco de Salud-Osakidetza al pago de una indemnización de 70.000 euros a la familia de una mujer que murió en 2013, al entender que el fallecimiento está relacionado con la suspensión de una medicación para la paciente por un error informático.,En su resolución, la sección tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJP

Agencia EFE

Tiempo de lectura: 2'Actualizado 13:28

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha confirmado una sentencia de un juzgado de Vitoria por la que se condenó al Servicio Vasco de Salud-Osakidetza al pago de una indemnización de 70.000 euros a la familia de una mujer que murió en 2013, al entender que el fallecimiento está relacionado con la suspensión de una medicación para la paciente por un error informático.

En su resolución, la sección tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJPV desestima un recurso de apelación presentado por Osakidetza contra la sentencia dictada por un juzgado de Vitoria en mayo de 2017, por la que se condenó al Servicio Vasco de Salud a dicha indemnización por la "responsabilidad patrimonial" de la Administración en el fallecimiento de la paciente, según ha informado hoy la Asociación El Defensor del Paciente, que ha llevado el caso y ha hecho público el fallo judicial.

El caso se refiere a una mujer de 87 años que falleció el 2 de noviembre de 2013 en el Hospital de Basurto como consecuencia de un tromboembolismo pulmonar masivo sufrido días después de una intervención quirúrgica de cadera motivada por una caída en la calle.

Al ser dada de alta la mujer, el 31 de octubre de dicho año, su familia recibió un informe de "Continuidad de Cuidados" que resultaba "contradictorio" ya que, debido a un error informático en el programa utilizado por Osakidetza, se suspendió un tratamiento con medicamentos antiocoagulantes que necesitaba la mujer. La anciana reingresó en el hospital el 1 de noviembre por un tromboembolismo y falleció al día siguiente.

El tribunal considera que la "clave del asunto" reside en la suspensión del tratamiento anticoagulante y añade que, ante las posiciones contradictorias mantenidas por las partes -Osakidetza dice que sí se pautó la medicación y la familia de la fallecida lo niega-, debió ser la Administración la que "aclarase lo ocurrido".

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