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Acusación crimen Almonte alega a impugnación de la defensa a recurso casación

La acusación particular en la causa del doble crimen de Almonte (Huelva), en el que perdieron la vida una niña de 8 años y su padre, ha presentado alegaciones al escrito de la defensa en el que formula impugnación al recurso de casación presentado por esta parte contra la absolución del único acusado.

Agencia EFE

Tiempo de lectura: 2'Actualizado 00:37

La acusación particular en la causa del doble crimen de Almonte (Huelva), en el que perdieron la vida una niña de 8 años y su padre, ha presentado alegaciones al escrito de la defensa en el que formula impugnación al recurso de casación presentado por esta parte contra la absolución del único acusado.

Concretamente, el recurso de casación se ha interpuesto contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que confirma la de la Audiencia Provincial de Huelva, que absolvía a F.J.M., el único acusado por estos hechos, en base a un veredicto de "no culpabilidad" emitido por el jurado popular.

En él se solicita la nulidad de la sentencia recurrida, la sentencia de la Audiencia y el veredicto del Jurado, ordenando la celebración de un juicio nuevo ante otro Tribunal del Jurado presidido por otro Magistrado Presidente.

En su escrito de alegaciones, al que ha tenido acceso Efe, el letrado Luis Romero, que representa a los padres y abuelos y a la mujer y madre de las víctimas, se refiere a la petición de la defensa de que se inadmita el recurso de casación siguiendo, en su opinión, "un criterio formalista, poco flexible e irrespetuoso con el derecho de acceso al recurso y el principio pro actione".

Precisa la acusación que "habiendo presentado ya el Ministerio Fiscal su escrito de adhesión a nuestro recurso solicitando su admisión y estimación, nos sentimos respaldados por el Ministerio Público con su contundente y brillante argumentación".

Dicho esto, esta parte hace referencia al "modo despectivo" al que se refiere la defensa al recurso, pues "emplea numerosas expresiones ofensivas que incumplen las normas del Código Deontológico y el Estatuto General de la Abogacía", como: "Las subjetivas y egoístas apreciaciones", "burda estrategia", "dislate jurídico", "pretensión de disfrazarlo", "de forma arbitraria, impropia y no menos desordenada"o "recurrir a capricho en vía casacional", entre otras.

Sin embargo, entiende la acusación que "quien clama por la ortodoxia procesal se desvía de su propia doctrina y ataca directamente a las víctimas del doble crimen acusándoles de persecución y linchamiento del único acusado en este procedimiento. Los califica de difamadores, calumniadores, injuriantes, promotores de tan monstruoso proceso paralelo, cobardes y destructores".

Para Romero, al contrario de lo expuesto por la defensa "siguiendo un estilo anacrónico con un lenguaje irritable", tanto el veredicto como la sentencia de la Audiencia de Huelva y la sentencia del TSJA incurren en los defectos ya expuestos en el recurso, siendo el principal la vulneración del derecho fundamental a la tutela judicial efectiva, por "ausencia de motivación" y "arbitrariedad" del veredicto.

Por ello, la acusación solicita que se tengan por efectuadas las alegaciones "de esta parte al escrito de alegaciones de la defensa respecto a nuestro recurso de casación, estimando el mismo".

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