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El PP no logra eximir a pequeñas renovables de la revisión de retribución

Madrid, 14 jun (EFE).- La Mesa de la Comisión de Presupuestos del Senado ha rechazado la enmienda del Grupo Popular para que no se revisara la retribución de las plantas renovables de menos de 300 kilovatios (KW), por modificar la Ley del Sector Eléctrico.,Según han confirmado hoy fuentes del Grupo Popular del Senado, esta enmienda, al igual que otra para suprimir la figura del gestor de carga de vehículos eléctricos, fue rechazada por un defecto de forma, al considerar la Mesa de la Comisión qu

Agencia EFE

Tiempo de lectura: 2'Actualizado 15:44

La Mesa de la Comisión de Presupuestos del Senado ha rechazado la enmienda del Grupo Popular para que no se revisara la retribución de las plantas renovables de menos de 300 kilovatios (KW), por modificar la Ley del Sector Eléctrico.

Según han confirmado hoy fuentes del Grupo Popular del Senado, esta enmienda, al igual que otra para suprimir la figura del gestor de carga de vehículos eléctricos, fue rechazada por un defecto de forma, al considerar la Mesa de la Comisión que las enmiendas que se presenta al proyecto de Ley de Presupuestos sólo pueden modificar esta norma, pero no otras leyes, como la del Sector Eléctrico.

Estas dos enmiendas, por tanto, no han sido debatidas en la Comisión de Presupuestos y tampoco se debatirán en el Pleno del Senado que se celebrará el próximo lunes.

Una de las enmiendas perseguía que las instalaciones renovables de una potencia inferior a 300 kilovatios (KW) quedaran exentas de las revisiones de la retribución, previstas en la Ley del Sector Eléctrico de 2013.

Esta norma introdujo las revisiones de los parámetros de retribución de las actividades de transporte, distribución y producción a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración de alta eficiencia y residuos que tuvieran régimen retributivo.

La ley establece que los parámetros se fijarán teniendo en cuenta la situación cíclica de la economía, de la demanda eléctrica y la rentabilidad adecuada para dichas actividades por períodos regulatorios con una vigencia de seis años.

Los parámetros pueden revisarse antes del comienzo de cada período regulatorio y, si no se hace, quedan prorrogados para todo el período siguiente.

La ley preveía que en la revisión de cada período regulatorio se podrían modificar todos los parámetros retributivos y, entre ellos, el valor sobre el que girara la rentabilidad razonable en lo que reste de vida regulatoria de las instalaciones.

La enmienda del Grupo Popular establecía que no sería revisable el valor sobre el que girará dicha rentabilidad para las instalaciones que, a la entrada en vigor del Real Decreto Ley 9/2013, de medidas urgentes para garantizar la estabilidad financiera del sistema eléctrico, tuvieran una potencia de menos de 300 KW y reconocida retribución primada.

Además, modificaba uno de los apartados de la disposición adicional tercera de la Ley del Sector Eléctrico, que establecía que la rentabilidad razonable a lo largo de toda la vida regulatoria de la instalación girará sobre el rendimiento medio de las obligaciones del Estado a diez años en el mercado secundario, incrementada en 300 puntos básicos.

La enmienda del PP añadía a esa disposición que ese valor no sería revisado durante la vida útil de las instalaciones que tuvieran una potencia inferior a 300 KW a la entrada en vigor del real decreto ley.

Si se aplicara la fórmula contenida en la disposición, como era partidario el exministro de Energía Álvaro Nadal para el período regulatorio que comienza en 2020, la actual rentabilidad, del 7,4 %, se quedaría en estos momentos en torno al 4,5 %, por el descenso del interés del bono nacional a diez años.

La otra enmienda rechazada del Grupo Popular perseguía la supresión de la figura del gestor de carga para prestar servicios de recarga a vehículos eléctricos, y establecía que cualquier consumidor pudiera prestar el servicio cumpliendo los requisitos técnicos y de seguridad exigidos, con el fin de facilitar el despliegue de puntos de recarga y fomentar la movilidad eléctrica.

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