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SOCIEDAD | Nueva ordenanza del Ayuntamiento

Madrid multará con 3.000 euros al cliente de la prostitución callejera

La ordenanza municipal también prohíbe, entre otras cosas, a quien mendigue con menores o quien ensucie el espacio público sacudiendo prendas, alfombras y similares.

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Tiempo de lectura: 2'Actualizado 27 may 2017

El gobierno municipal de Ana Botella se ha propuesto trasladar a la normativa local el viejo principio, con el que casi todo el mundo está de acuerdo, que afirma que la libertad de uno termina donde empieza la de otro, aunque para hacerlo tenga que poner negro sobre blanco multitud de prohibiciones y establecer multas, que en casos muy graves pueden llegar a los 3.000 euros.Prohibiciones en algunos casos de actividades o conductas que a muchos podrán resultar habituales o parecer inocuas pero que en determinadas situaciones pueden llegar a ser ciertamente peligrosas.Es el caso de "colocar macetas u otros objetos que pudieran suponer riesgo para los transeúntes en los alféizares de las ventanas o balcones, cuando estos carezcan de la protección adecuada", que el borrador de ordenanza presentado hoy califica como infracción muy grave y sanciona con hasta 3.000 euros, igual que, por ejemplo, "la práctica de servicios sexuales en el espacio público".Otro ejemplo de prohibición que puede chocar a algunos, por las connotaciones que tiene relacionadas con protestas sociales y laborales recientes -15M- o más antiguas -campamento de Sintel-, es la de acampar o instalar elementos estables en el espacio público sin autorización.La ordenanza sancionará a quien obligue a una persona a prostituirse, a quien mendigue con menores o a quien insulte a alguien por su raza o condición sexual, siempre que eso ocurra en la calle, pero también a quien escupa o tire colillas o chicles al suelo.Salvo cambios durante la tramitación, en Madrid se sancionará como infracción leve, con hasta 750 euros, ensuciar el espacio público o causar molestias a los vecinos por el riego de plantas o limpiar o sacudir alfombras, prendas y similares en el espacio público.También, bañarse en fuentes o estanques públicos o lavar ropa en ellos o incluso usarlos sin autorización para navegar barcos a escala; ensuciar o alterar la estética de las fuentes o subirse a sus figuras o conectar mangueras a fuentes de beber, así como ofrecer bienes o servicios a personas que se encuentran en el interior de vehículos.La práctica de acrobacias y juegos de habilidad con bicicletas, patines, monopatines o similares fuera de las áreas destinadas a tal efecto será también falta leve pero si es temeraria, en aceras o utilizando instalaciones arquitectónicas o mobiliario urbano serán falta grave, sancionada con hasta 1.500 euros.Como infracción grave se multará ofrecer la limpieza de parabrisas en los semáforos, hacer necesidades fisiológicas en la calle, encender sin autorización hogueras o fogatas, no recoger las deyecciones de perros u otros animales o cambiar el aceite al coche.El borrador establece que no se permitirá ofrecer en el espacio público actividades como tarot, videncias, masajes, peluquería, "piercing", tatuajes, de carácter sanitario, vigilancia de vehículos "u otros que supongan competencia desleal o afecten a los derechos de los consumidores y usuarios".Específicamente se indica que tampoco se podrán efectuar "acciones como vigilar y alertar sobre la presencia de los agentes de la autoridad".En el caso de que los infractores sean menores de edad, los padres, tutores y guardadores serán responsables civiles subsidiarios de los daños que se produjeran.En la ciudad perfecta, también está previsto que las multas leves puedan sustituirse por la prestación de servicios en beneficio de la comunidad, "en actividades de utilidad pública, con interés social y valor educativo".

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