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Apelación desestima el recurso del Madrid por Ramos; el TAD decidirá

El Comité de Apelación ha desestimado el recurso del Real Madrid por la expulsión de Sergio Ramos ante el Barcelona. El Tribunal Administrativo del Deporte decidirá en su reunión de esta tarde si otorga la cautelar al defensa blanco.

Ramos no podrá jugar ante el Sevilla. Reuters.

Ramos no podrá jugar ante el Sevilla. Reuters.

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Tiempo de lectura: 2'Actualizado 26 may 2017

El Comité de Apelación de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) ha decidido desestimar el recurso presentado por el Real Madrid por la sanción impuesta a su jugador Sergio Ramos, por lo que mantiene el partido de suspensión. Sergio Ramos, expulsado el pasado domingo en el partido liguero ante el Barcelona, fue castigado con un partido por el Comité de Competición de la RFEF, ante lo cual el Real Madrid presentó un recurso a Apelación.Según el acta del colegiado navarro Alberto Undiano Mallenco, Ramos fue expulsado en el minuto 64 del Real Madrid-Barcelona (3-4) por "derribar a un adversario impidiendo una manifiesta ocasión de gol". Una acción sobre el brasileño Neymar que trajo consigo la pena máxima, que luego convertida por el argentino Leo Messi, dio lugar al momentáneo 3-3. En su recurso ante Apelación, el club madridista aportó una prueba videográfica en la que intentaba hacer ver que no existió contacto entre Sergio Ramos y Neymar ya que el brasileño se "dejó caer" tras sobrepasar al jugador madridista. Apelación, en su determinación de rechazar dicho recurso, argumenta que vistos todos los documentos aportados por las partes "se llega a la conclusión por parte de que la resolución objeto de recurso resulta ajustada a derecho". "La presunción de veracidad del contenido del acta arbitral, recogida en el artículo 27.3 del Código Disciplinario, no ha sido desvirtuada de una forma contundente demostrando con ello la existencia de un error material manifiesto en la apreciación de la jugada objeto de debate. Igualmente cabe destacar que la descripción de la acción efectuada es perfectamente compatible con el relato que de los hechos se realiza en el acta arbitral", se añade. Asimismo, se indica que "la prueba videográfica aportada no permite negar la existencia de contacto físico entre el jugador recurrente y su adversario tal y como se pretende por el recurrente". También apunta que, a tenor de las imágenes, el "contacto físico se produjo tal y como se aprecia en el acta arbitral". "La versión que consta en el acta arbitral, es perfectamente compatible con la realidad de lo acontecido tal y como ha sido analizado por el Comité de Competición", se añade. Por todo ello, Apelación "entiende que la Resolución del Comité de Competición se ajusta a derecho por cuanto la misma es constitutiva de la infracción prevista en el artículo 114 del Código Disciplinario de la RFEF" y estima que la resolución de fondo del presente recurso impide a "cualquier pronunciamiento sobre la medida de suspensión cautelar de la ejecución de la sanción que se postula". El Real Madrid, se le recuerda, puede "interponer recurso ante el Tribunal Administrativo del Deporte en el plazo de quince días hábiles, a contar desde el siguiente al que se reciba la notificación".

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