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Una nueva ordenanza mejorará la conservación de los bienes inmuebles que hay en el municipio

La nueva normativa velará por el interés general de todos los vecinos

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@cope_murciaMurcia

Tiempo de lectura: 2'Actualizado 12:09

El concejal de Urbanismo y Transición Ecológica, Andrés Guerrero, ha presentado esta mañana la nueva ordenanza reguladora del deber de conservación de la propiedad inmueble, que ha sido aprobada en junta de gobierno y entrará previsiblemente en vigor antes de que finalice 2021. Con esta nueva normativa reguladora, el Ayuntamiento pretender velar por el interés general de todos los vecinos y vecinas del municipio, salvaguardando la seguridad, la salud y protegiendo el entorno, el paisaje y el Medio Ambiente.

Guerrero ha explicado que con esta nueva ordenanza "se crea un marco normativo estable, predecible, integrado y claro que completa y desarrolla las normas ya existentes. Se trata, en definitiva, de ofrecer certidumbre, facilitando dónde acudir a los interesados, así como su conocimiento y comprensión, para que puedan tomar decisiones sobre su actuación".

Novedades

Algunas de las novedades que se incluyen es esta ordenanza son:

- Un régimen sancionador que además prevé una posibilidad de reducción de la sanción que puede variar según el comportamiento del infractor y la reiteración de conductas de igual naturaleza.

- La posible elaboración de una relación de bienes inmuebles asimilable a una base de datos especialmente en suelo urbano, núcleos residenciales y zonas sensibles, para el conocimiento de su estado y el control del cumplimiento del deber.

- La participación, colaboración e implicación de los distintos Departamentos y Servicios del Ayuntamiento de Murcia, en el logro del cumplimiento de esta norma.

- Un procedimiento ágil y abreviado, con concentración y simplificación de plazos y trámites.

- La posibilidad de la participación de las Juntas Municipales y de Distrito, por medio de sus empleados públicos, en la práctica de notificaciones.

- La elaboración de Bandos de periodicidad regular que sirvan de recordatorio general para el cumplimiento de la obligación del deber de conservación.

- Se contempla por escrito la opción de pedir al obligado la realización del importe de la liquidación antes de la ejecución subsidiaria.

- La materialización mediante anotación en el Registro de la Propiedad como garantía real de la obligación del cumplimiento del deber de conservación a quien sea el titular registral en cada momento, independientemente de quien sea o haya sido el incumplidor.

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