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La Audiencia Provincial de Murcia ha dejado sin efecto la sentencia que condenó a una mujer a 180 euros de multa por las lesiones que produjo a la nueva novia de su expareja cuando coincidieron en los carnavales de Águilas en febrero de 2016.
La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, señala que durante la tramitación del recurso presentado por la mujer que resultó condenada los hechos quedaron prescritos.
La sentencia del juzgado de Lorca, de octubre de 2018, condenó a la apelante al pago de la multa y de una indemnización de 3.145 euros como autora de un delito leve de lesiones, al tiempo que absolvía a la otra mujer.
En su relato de hechos probados establecía que los mismos se produjeron cuando la lesionada y la expareja de la denunciada veían los carnavales con unos amigos y se acercó la acusada.
Y añadía que al llegar al lugar donde estaba la denunciante, la insultó, amenazó y cogió del pelo, arrastrándola y tirándola al suelo, para después colocarse en encima de ella y seguir golpeándola.
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