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La Rioja fue la primera comunidad en implantar medidas para detener el coronavirus

El Gobierno de La Rioja afronta el final de agosto con la mirada puesta en los brotes y a la vuelta de vacaciones

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Álvaro de los Ríos

Tiempo de lectura: 2'Actualizado 12:38

La Rioja fue la primera comunidad autónoma en implantar medidas para detener la incidencia del coronavirus con la publicación de una resolución, el pasado 15 de agosto y entrada en vigor en la misma fecha. Así, el Gobierno de La Rioja fue el primero en adoptar medidas estableciendo la figura del 'autorrastreo' entre la población, con el fin de que cada persona pueda llevar un control diario de sus contactos ante la posibilidad de ser requerida por las autoridades sanitarias por posibles casos de la COVID-19.

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OCIO NOCTURNO

El Consejo de Gobierno aprobaba, en aquella fecha, una batería de medidas dirigidas a contener el incremento de casos positivos de la COVID-19. En el ámbito del ocio nocturno, se determinaba el cierre de discotecas, salas de baile y bares de copas con y sin actuaciones musicales en directo.

Además, en los establecimientos de hostelería, restauración y terrazas, se tomaban tres medidas. En primer lugar, se debe garantizar la distancia interpersonal mínima de 1,5 metros en el servicio en barra. En segundo lugar, se debe garantizar una distancia mínima entre los clientes de mesas o agrupaciones de mesas de 1,5 metros, con un máximo de 10 personas por mesa o agrupación de ellas. Y, en tercer lugar, se establece como horario de cierre de los establecimientos la 1:00h, como máximo, sin que puedan admitirse nuevos clientes a partir de las 00:00h.

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SE LIMITABAN LAS VISITAS EN LAS RESIDENCIAS

Las medidas acordadas también afectaban a los centros sociosanitarios. Por un lado, se realizan pruebas PCR a todos los nuevos ingresos en los centros de carácter residencial con 72 horas de antelación como máximo.

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También se realizarán pruebas a los empleados que regresen de permisos y vacaciones, y a los nuevos trabajadores que se incorporen. Además, se limitaban las visitas a una persona por residente, extremando las medidas de prevención y con una duración máxima de una hora al día. Por último, se limitarán al máximo las salidas de los residentes en estos centros.

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SE PROHIBÍA FUMAR

En cuanto a los eventos y actividades multitudinarias, cada evento de estas características se fija que deberán contar con autorización. En el Acuerdo también se incluyeron los cribados con PCR en grupos específicos para poblaciones de riesgo y potencialmente expuestas y se establecía el refuerzo de los controles y las sanciones para impedir el consumo de alcohol que no estuviera autorizado y otras actividades no permitidas en la vía pública.

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Además, se establecía la prohibición de fumar en la vía pública o en espacios al aire libre cuando no se pueda respetar una distancia mínima interpersonal de, al menos, 2 metros. Esta limitación es aplicable también para el uso de cualquier otro dispositivo de inhalación de tabaco, pipas de agua, cachimbas o asimilados.

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