• Jueves, 25 de abril 2024
  • ABC

COPE

La nueva norma para adelantar y evitar la multa según el nuevo reglamento de la DGT

La nueva norma de la DGT que debes conocer para adelantar y evitar la multa

La nueva norma para adelantar y evitar la multa según el nuevo reglamento de la DGT

Álvaro de los Ríos

Tiempo de lectura: 2'Actualizado 08:45

El año 2021 ha comenzado con la entrada en vigor de las nuevas normas recogidas en el reglamento de circulación de la Dirección General de Tráfico (DGT). La normas se aprobaron el pasado mes de noviembre, por el Consejo de Ministros.

Son en concreto cuatro medidas que entran en vigor en enero de 2021 y que cambian la manera de conducir en España, con la intención de reducir la siniestralidad en las vías.

Las nuevas medidas persiguen reducir dos de las causas más habituales de los siniestros en carretera: las distracciones y el exceso de velocidad, además de tratar de proteger a los colectivos más vulnerables en carreteras, como los motoristas.

EL LÍMITE DE VELOCIDAD PARA ADELANTAR

Así, Tráfico elimina la posibilidad de superar en 20 km/h el límite máximo de una vía para poder adelantar en una de estas carreteras secundarias. Según la DGT, esta decisión se toma después de ver la alta siniestralidad que se produce en las vías secundarias de este tipo y porque la posibilidad de rebasar el límite de velocidad no existía en ningún otro país europeo.

También te puede interesar:

El accesorio que la DGT va a obligar a llevar: cuesta casi 30 euros

Las nuevas sanciones también para aquellos que no utilicen el cinturón de seguridad o los Sistemas de Retención Infantil. La sanción económica se mantienen en los 200 euros, pero a partir de ahora se quitarán 4 puntos del carné de conducir, en lugar de los 3 que se restaban inicialmente. Además, no solo se multará a los que no usen el cinturón, también a aquellos que se lo pongan de manera incorrecta.

Quedan prohibidos los detectores e inhibidores de radares dentro de un vehículo. Hasta ahora, para aplicar la sanción, Tráfico tenía que demostrar que el conductor estaba utilizando el aparato, pero desde este enero, bastará con que los agentes vean que está dentro del vehículo para poder multar.

Desde el 2 de enero, se ponen multas de 500 euros a los que utilicen el móvil mientras conducen, además de quitarles seis puntos del carné de conducir. La novedad es que la sanción no se aplicará solamente a aquellos que estén usando el móvil, también a aquellos que tengan el móvil en la mano, aunque no lo estén consultando en ese momento.

  • Left6:No existe configuración de publicidad para el slot solicitado

Radio en directo COPE
  • item no encontrado

En directo