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Concha Andreu: "El Ingreso Mínimo Vital es una medida revolucionaria e histórica”

La presidenta del Gobierno de La Rioja valora el Ingreso Mínimo Vital

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Tiempo de lectura: 2'Actualizado 13:28

La presidenta del Gobierno de La Rioja, Concha Andreu, ha valorado esta mañana el Ingreso Mínimo Vital aprobado por el Consejo de Ministros el pasado viernes y publicado en el Boletín Oficial del Estado del día 1 de junio.

Andreu ha dicho que “el Ingreso Mínimo Vital es una medida revolucionaria y también histórica en España, que responde a un problema social real en nuestro sistema social y que ya acuciaba a los más desfavorecidos antes de la COVID-19, la pobreza y en especial la pobreza infantil”. “Tiene por lo tanto un mayor valor, pues llega en un momento de gran incertidumbre y urgente necesidad para muchas familias ante las consecuencias económicas, sociales y laborales fruto de la pandemia con el objetivo claro de intentar no dejar a nadie atrás”, ha concretado.

“Como sociedad avanzada no podemos seguir dando la espalda, e incluso respaldando, la desigualdad de oportunidades. Y aplicado en nuestras comunidades autónomas, el Ingreso Mínimo Vital mejorará la cobertura de la Renta Mínima autonómica, protegiendo a más familias sin ingresos, convirtiéndonos en la última red de protección de, según los primeros cálculos, más de 8.000 familias en el caso de La Rioja”, ha detallado la presidenta durante su intervención.

“Con la aprobación de esta nueva política conseguimos proteger a nuestra población y podemos estar orgullosos de este paso de gigante para toda la ciudadanía española, como así se lo trasladé al presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, en la Conferencia de Presidentes del pasado domingo”, ha concluido.

En lo relativo al futuro de la ayuda autonómica de Renta de Ciudadanía, seguirá existiendo para cubrir las necesidades de aquellas unidades de convivencia que no pueden acceder al Ingreso Mínimo Vital, es decir, jóvenes de 18 años que han estado bajo la tutela del Gobierno de La Rioja; los huérfanos de padre y madre; los menores de 23 años que hayan vivido de forma independiente al menos durante dos años (el IMV exige tres años, siempre que en este periodo hayan cotizado 18 meses a la Seguridad Social); mayores de 65 años hasta la percepción de una pensión no contributiva; mujeres embarazadas en situación de riesgo social menores de 23 años y solicitantes de asilo y refugio que no cumplan con el año de residencia legal en España.

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