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El TSXG rechaza la demolición del Puerto de Marín solicitada por la Plataforma Defensora da Praza dos Praceres

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha avalado la legalidad de los rellenos del Puerto de la ría de Pontevedra.

Puerto

Instalaciones del Puerto de Marín. Foto: Europa Press.

S. V.Marín (Pontevedra)

Tiempo de lectura: 1'Actualizado 08:36

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha avalado la legalidad de los rellenos del Puerto de Marín y ha rechazado la reclamación de la Plataforma Defensora da Praza dos Praceres, en la que pedía su demolición y la reposición de la zona a la situación anterior a la aprobación del Plan Especial del año 2000.

El Tribunal Supremo declaró ilegales en 2009 las obras de relleno del mar realizadas al amparo del plan especial del puerto de Marín, que fue impugnado por el propio alto tribunal. En concreto, el fallo afectaba, supuestamente, al derribo de 300.000 metros cuadrado por la anulación del documento.

Tras advertir de que la situación del puerto ocupaba una superficie de 441.349 metros cuadrados con anterioridad al plan, la Plataforma indicaba que tras la ampliación pasaría a ocupar 764.967 metros cuadrados, pero solicitaba la designación de un perito para la concreción de los terrenos que sería necesario demoler.

Para dictar este fallo, los magistrados se refieren a las conclusiones del informe realizado por un ingeniero de caminos, canales y puertos designado por el TSXG. El perito concluye que ninguna de las siete actuaciones llevadas a cabo en el puerto de Marín "se ampara de forma exclusiva" en el Plan Especial anulado, sino que "han sido definidas en sus respectivos proyectos o proyectos modificados".

El técnico también señala que la tramitación ambiental de cada una de las actuaciones se realizó "de acuerdo con la normativa vigente en el momento de su ejecución".

"El motivo de la anulación del Plan Especial fue la falta de sometimiento a la evaluación ambiental, no la inadecuación para legitimar actuaciones de ampliación del espacio portuario", indica el tribunal, que ha considerado "completamente ejecutada la sentencia" emitida por el Tribunal Supremo en 2009.

A pesar de ello, el fallo no es firme y cabe presentar recurso de casación contra el auto del Tribunal Superior de Xustiza.

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