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Besteiro estudia quejarse al CGPJ para que se ejecute ya la sanción a De Lara

Su defensa ha recurrido a la Audiencia la inadmisión de la recusación de la jueza

Besteiro estudia quejarse al CGPJ para que se ejecute ya la sanción a De Lara

Ramudo

Tiempo de lectura: 2'Actualizado 10:30

La defensa del que fuera presidente de la Diputación de Lugo, secretario general de los socialistas gallegos y concejal de Urbanismo en la capital lucense, José Ramón Gómez Besteiro, está estudiando formular “una queja” ante el Consejo General del Poder Judicial para reclamar la ejecución inmediata de la sanción a la jueza Pilar de Lara.

En declaraciones a Cope Lugo, el letrado Cándido Conde Pumpido, opina que la ejecución de esa sanción, que contempla la suspensión de la magistrada durante siete meses y un día, lo que llevaría asociada la pérdida de destino en Lugo, está “parada de hecho”, pero no “por derecho”.

Aunque la magistrada ha solicitado ante el Tribunal Supremo la suspensión cautelar de la ejecución de esa sanción, la defensa de Gómez Besteiro entiende que “es firme” y, por lo tanto, debería aplicarse sin mayor dilación.

No opina lo mismo el abogado que defiende a Pilar de Lara, Agustín Azparren, quien explicó que la jueza estará al frente del Juzgado de Instrucción Número 1 como mínimo hasta mediados de enero, cuando se espera que el Supremo resuelva en relación con la suspensión cautelar de la sanción, porque de aplicarse ahora mismo, la “perjuicio” podría ser “irreversible” si su recurso es finalmente estimado.

Conde Pumpido ha presentado ya recurso ante la Audiencia Provincial de Lugo contra el auto de la jueza De Lara que “inadmite” la recusación contra ella en el caso Garañón y a lo largo del día de hoy tiene previsto hacer lo mismo la representación legal del que fuera alcalde de la capital lucense, José López Orozco.

En su recurso, Conde Pumpido afirma que Pilar de Lara se “constituye en juez y parte en un auto de inadmisión”, además de precisar que “para inadmitir no es necesario emitir un auto de 14 folios, entrando en el fondo del asunto, es decir, siendo uno mismo el que decide sobre su propia imparcialidad o la apariencia de imparcialidad”.

En este caso, ante las denuncias sobre supuestas irregularidades en la instrucción formuladas por la defensa de Besteiro que, según su criterio, han sido en parte la causa de la sanción impuesta a la jueza, “resulta inaudito” que la magistrada “intente la inadmisión” de la recusación “de plano” y “sin más discusión ni traslado a las partes”, cuando la causa de “abstención” es “tan clara y evidente como la alegada”.

Desde su punto de vista, “la actuación de la magistrada es una vez más arbitraria, con el agravante de que en esta ocasión, la segunda vez que se la recusa, existe una resolución anterior de esta misma Audiencia Provincial que le ordena dar trámite a la recusación y le explica que no puede inadmitir de plano”.

“La arbitraria actuación comienza no dando tramite conjunto a las dos recusaciones presentadas por dos imputados en la misma causa, por la misma causa de abstención y por idéntico motivo; el haber sido sancionada disciplinariamente, sanción ratificada por el Pleno del CGPJ el 26 de septiembre”, añade.

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