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Un Juzgado ordena el desalojo del Hotel Hesperia de A Coruña por impago de alquiler

Debe 15 meses al propietario del inmueble pese a que abrió en verano de 2020

Hotel Hesperia A Coruña Centro

Turismo de Galicia

A Coruña

Tiempo de lectura: 2'Actualizado 16:48

El Juzgado de Primera Instancia número 13 de A Coruña ha condenado a la empresa Hotelera Noroeste S.A. a desalojar el hotel Hesperia Centro, en Juan Flórez, por impago de rentas. Si no libera el edificio, advierte de que se procederá al desahucio del inmueble el próximo 14 de julio, siempre y cuando no se recurra la sentencia y lo solicite la empresa propietaria del inmueble, según ha hecho público el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG).

La compañía hotelera también ha sido condenada a abonar 384.717 euros en concepto del alquiler impagado en abril, mayo, junio, julio y septiembre de 2020. A la renta mensual se suman los intereses legales y los meses que pasen desde la interposición de la demanda, el 30 de septiembre del año pasado, hasta el total desalojo del inmueble.

La jueza ha declarado resuelto el contrato de arrendamiento suscrito el 25 de agosto de 2000. Explica en la sentencia que, de 15 mensualidades impagadas desde abril de 2020, la compañía hotelera solo ha ofrecido abonar una y media. Destaca que es “un hecho notorio” que durante el verano de 2020 el hotel estuvo abierto al público y, a pesar de ello, “no se hizo pago alguno de renta”. La sociedad propietaria del edificio, por su parte, abonó el IBI del año 2020 -63.655 euros-, cuyo importe es “prácticamente idéntico a una mensualidad”.

SIN OBSTÁCULOS PARA EL PAGO DEL ALQUILER

En el falllo, la magistrada considera que no se ha acreditado ningún obstáculo que impida el abono del alquiler. Entiende además, en contra de lo que defiende Hotelera Noroeste S.A., que “las circunstancias económicas derivadas de la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 y el estado de alarma no pueden ser admitidas como presupuesto de exoneración del pago total de la renta durante seis meses consecutivos y, a fecha actual, de otras once mensualidades más”.

No se considera justificado que, como consecuencia de la crisis sanitaria y económica, la sociedad arrendataria se haya visto tan gravemente imposibilitada para el pago, al menos de un porcentaje fijo del total de la renta pactada”, subraya la sentencia. Recuerda que ninguna de las normas estatales destinadas a proteger a autónomos y pymes “contempla a entidades como la sociedad arrendataria, perteneciente al Grupo Inversor Hesperia S.A., como beneficiarias”.

RECHAZARON LA CONDONACIÓN

La jueza indica que, en junio de 2020, la sociedad arrendadora ofreció a la empresa hotelera un acuerdo de condonación total de las rentas de los meses de abril, mayo y junio de 2020 y reducciones progresivas en los meses siguientes. La propuesta “no fue aceptada” y no se verificó ningún pago. La magistrada afirma que la concesionaria “tan solo hizo un ofrecimiento, dos meses después de interponerse la demanda de desahucio, consistente en abonar un porcentaje sobre el beneficio operativo de la explotación”. El ofrecimiento fue tildado de “inaceptable” para la sociedad dueña del edificio al cambiar una renta fija en una “totalmente variable, a determinarse sobre beneficios operativos de una sociedad contablemente despatrimonializada y en pérdidas desde antes de la pandemia”, señala

La magistrada recalca que la sociedad arrendadora “ha demostrado voluntad negociadora en orden a revisar la renta antes de la situación excepcional por razón de la COVID-19 y, tras declararse la crisis sanitaria, ha venido mostrando buena fe y la misma voluntad negociadora”. Sin embargo, la parte arrendataria “siempre ha mantenido su postura de vincular la renta al riesgo del negocio del hotel”.



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