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Coronavirus: estas son las medidas en vigor en la comarca de A Coruña y en la de Bergantiños

A Laracha y Carballo pasan a tener las medidas que se levantan en Abegondo, Bergondo, Carral y Sada

Mujer con mascarilla

Mujer con mascarillaFoto de Anna Shvets en Pexels

Noela BaoA Coruña

Tiempo de lectura: 3'Actualizado 10:03

La Xunta de Galicia levanta este jueves las restricciones especiales para controlar la pandemia del coronavirus en parte de la comarca de A Coruña. Así, los municipios de Abegondo, Bergondo, Carral y Sada vuelven a la nueva normalidad y ya no tendrán aforos limitados en reuniones y en locales comerciales y hosteleros.

Las medidas vigentes se mantienen en las localidades de A Coruña, Cambre, Culleredo y Oleiros. Tambien en Arteixo, donde las reuniones están limitadas a un máximo de 5 personas y los bares solo pueden usar su terraza.

En contraste, entran en vigor nuevas limitaciones en Carballo y A Laracha, además de otros municipios gallegos como Ourense, Santiago y Santa Comba. Estarán en una situación similar a la que ha vivido hasta ahora toda el área de A Coruña, y a mayores se impone el uso obligatorio de mascarillas en los gimnasios.

Las medidas que entran en vigor en Carballo y A Laracha y que se mantienen en parte de la comarca de A Coruña se han publicado en el Diario Oficial de Galicia (DOG) y son las siguientes:

PROTECCIÓN DE LOS VULNERABLES

  • Se recomienda a las personas mayores de 75 años, a aquellas vulnerables a la COVID-19 o las que no puedan usar mascarilla que eviten las salidas en las horas de más afluencia o concentración de personas en la vía pública o en establecimientos abiertos al público.
  • Los centros de día, de discapacidad u ocupacionales permanecerán cerrados, excepto para terapias individuales en domicilios o centros con cita previa.
  • Se suspenden las visitas y las salidas en las residencias.

HOSTELERÍA

  • Los establecimientos de hostelería y restauración no podrán superar el 50% de su capacidad para consumo en el interior del local
  • No está permitido el consumo en la barra.
  • Las terrazas limitarán su capacidad a la mitad.
  • La distancia entre las mesas tendrá que garantizar la seguridad interpersonal y la ocupación máxima de cada mesa será de 10 personas
  • Se cierran a las 00:00h
  • En los hoteles, la ocupación de zonas comunes no podrá superar el 50% de capacidad y en los albergues turísticos la capacidad máxima tampoco podrá ser superior al 50%.

COMERCIO Y MERCADOS

  • Los establecimientos comerciales no podrán superar el 50% de su capacidad total. En el caso de locales con varios pisos, la presencia de clientes en cada uno de ellos deberá guardar esta misma proporción.
  • Deberán prestar un servicio de atención preferente a mayores de 75 años, con medidas de control de acceso o cajas de pago específicos.
  • En los centros comerciales, se prohibe la utilización de zonas recreativas como áreas infantiles, ludotecas o áreas de descanso.
  • Los mercados y ferias en la via pública tendrán que limitar al 50% sus puestos habituales y el aforo de clientela.

CULTURA Y OCIO

  • Las bibliotecas, archivos, museos, salas de exposiciones o monumentos limitarán las actividades grupales hasta un máximo de 10 personas, incluido el monitor o guía.
  • En cines, teatros, auditorios o circos podrá haber actividad con butacas preasignadas y al 50% de capacidad permitida en la sala y la obligatoriedad de estar sentado.
  • En todo caso, se aplicará un límite máximo de 60 personas en lugares cerrados y 50% en actividades al aire libre.
  • Los centros de ocio incantil podrán llevar a cabo su actividad a la mitad de su capacidad máxima.
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OTROS SECTORES Y CELEBRACIONES

  • Gimnasios: será obligatorio el uso de la mascarilla aunque se pueda garantizar la distancia interpersonal.
  • Actividad física y deportiva no federada: se limita hasta un máximo de 10 personas de forma simultánea.
  • Academias, autoescuelas o centros privados de formación: la actividad se podrá impartir de modo presencial siempre y cuando no se supere el 50% del máximo permitido y 10 personas por grupo.
  • Fiestas: Se suspenden las fiestas, verbenas, eventos populares y atracciones de ferias.
  • Velatorios y entierros: se limitan su aforo a 25 personas en espacios al aire libre y 10 en espacios cerrados, sean o no convivientes.
  • Lugares de culto: La asistencia no puede superar el 50% de la capacidad del recinto. No se podrá utilizar el exterior de los edificios ni al vía pública
  • Bodas, bautizos y comuniones. Estarán sometidas a las mismas limitaciones de aforo si se llevan a cabo en lugares de culto. En hostelería y restauración, se ajustarán a la capacidad prevista en este sector. En todo caso, no podrán superar un máximo de 100 personas en espacios al aire libre o 50 en espacios cerrados.
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