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El 79% de pescaderías extremeñas incumplen la norma de etiquetado del pescado

Todos los productos de la pesca, del marisqueo y de la acuicultura deben llevar la denominación comercial y científica de la especie y otros datos fundamentales.

El 79% de pescaderías extremeñas incumplen la norma de etiquetado del pescado

AgenciasEXTREMADURA

Tiempo de lectura: 3'Actualizado 13:19

La Unión de Consumidores de Extremadura ha elaborado un estudio sobre el etiquetado del pescado en un total de 34 pescaderías de la comunidad autónoma, que refleja que casi el 80 por ciento de ellas incumple esta normativa.

El etiquetado del pescado contiene información "muy relevante" para el consumidor, por lo que "siempre es altamente recomendable" fijarse bien a la hora de adquirir estos productos.

Y es que, tal y como han recordado este jueves de la asociación en rueda de prensa, los productos de pesca y acuicultura que vayan a comercializarse dentro de la Unión Europea deben mostrar su denominación comercial y científica, método de producción, zona de captura o producción, descongelación del pescado, fecha de caducidad, modo de presentación y precio.

La organización lamenta que el grado de cumplimiento de esta normativa sea "realmente baja", ya que ni tan siquiera llega al 21 por ciento de las pescaderías visitadas en Badajoz, Cáceres, Don Benito-Villanueva, Mérida y Plasencia.

Las visitas han consistido en observar directamente en los establecimientos detallistas de productos pesqueros frescos y descongelados, tanto en tiendas tradicionales como en tiendas ubicadas en supermercados e hipermercados, el cumplimiento obligatorio del etiquetado del pescado, en los productos expuestos, etc.

La legislación vigente sobre el etiquetado del pescado para el consumo tiene como objetivo obtener la mayor transparencia posible del mercado y proporcionar una "información veraz" al consumidor en toda la cadena de comercialización, que comprende desde la primera venta hasta su llegada al consumidor final.

AFECTA A TODOS LOS OPERADORES

La aplicación de esta normativa afecta a todos los operadores económicos que intervienen en las distintas fases de la comercialización de los productos pesqueros.

Todos los productos de la pesca, del marisqueo y de la acuicultura deben llevar en el envase y en el embalaje correspondiente la denominación comercial y científica de la especie, el método de producción (pesca extractiva, pescado en aguas dulces, criado, acuicultura o marisqueo) y la zona de captura o de cría.

Cuando los productos congelados sean, en la venta al por menor, presentados al consumidor final sin envase, la información debe ser expuesta en la tablilla o cartel sobre el producto o próximo a él.

UCE recuerda que en diciembre de 2014 cambiaron las normas relativas a las etiquetas que figuran en los productos de la pesca y de la acuicultura destinados a los consumidores de la UE, garantizando así que un mayor conocimiento del producto que estamos adquiriendo.

El reglamento europeo de etiquetado de pescados y mariscos tiene como objetivo contribuir a la trazabilidad del producto y dar al consumidor la posibilidad de desarrollar una compra más informada. Esto radica directamente en nuestra seguridad y salud alimentaria.

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Por ejemplo, permite saber si el producto ha sido congelado previamente o no y la fecha de consumo preferente, entre otros. Tener de buena mano esta información es importante, ya que no se debe congelar un alimento que ya ha sido congelado.

Para productos pesqueros frescos el contenido obligatorio de la etiqueta incluye denominación comercial de la especie, nombre científico, el método de producción (pesca extractiva o acuicultura), zona de captura o de cría del producto, arte de pesca, si el producto ha sido descongelado, la fecha de captura o de duración mínima o de caducidad y el precio.

Los productos envasados requieren más información como lista y cantidad de los ingredientes. Los congelados tienen que especificar el peso neto y el porcentaje glaseado, entre otros conceptos.

Además, la etiqueta ha de tener las dimensiones adecuadas (11 x 13 centímetros) con caracteres legibles e indelebles.

Por tanto, todos los productos de la pesca, marisqueo y de la acuicultura incluidos en el ámbito de la normativa anteriormente comentada, deberán llevar en el envase o embalaje correspondiente, y en lugar bien visible en caracteres legibles e indelebles, esta información.

INCUMPLIMIENTOS CONSTANTES

Este mismo informe se realizó en el año 2001, ya que en 1999 entró en vigor oficialmente el nuevo etiquetado para los productos de la pesca. En aquella fecha el grado de cumplimiento no superaba el 28%. Años después, concretamente en diciembre de 2009, volvieron a comprobar, mediante el mismo estudio, si la situación había cambiado, pero sin embargo había empeorado, ya que el grado de cumplimiento se quedaba en tan sólo un 13%.

Doce años después, la situación "sigue siendo lamentable", señalan desde UCE, pues el incumplimiento en el etiquetado del pescado es superior al 79%, independientemente del tipo de establecimiento, ya sea una pescadería tradicional o un supermercado.

Si se comparan los datos entre las distintas localidades, los mayores grados de incumplimiento superando el 83% se encuentran en Badajoz, Cáceres y Don Benito-Villanueva.

UCE señala que ha denunciado en "infinidad de ocasiones" que "de nada sirve contar con una legislación amplia y muy protectora con los derechos de los consumidores, si quienes tienen que cumplirla no lo hacen y quienes tiene que controlar su cumplimiento tampoco".

Por ello, consideran Se hace necesario un mayor control del mercado por parte de las administraciones. El vendedor es el responsable directo del cumplimiento de la normativa, y debe ser consciente de su importancia, no sólo porque porqué pueden ser sancionadas por ello, sino porque el etiquetado es una garantía para sus clientes de que el producto que venden es de calidad, cumpliéndose con ello la información sobre la trazabilidad del alimento. La administración, debe controlar que la normativa se cumple, a través de la inspección.


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