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El Tribunal Supremo frena en seco con dos sentencias el plan de Marzá contra la concertada

Da la razón a los primeros centros que recurrieron contra la retirada de conciertos de hace 3 años y abre la puerta a recuperarlos ahora en decenas de aulas.

Conseller Vicent Marzá

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AGENCIAS/Luis M. Agudo

Tiempo de lectura: 2'Actualizado 09:01

El Tribunal Supremo frena en seco los planes de la Consellería de Educación y de su conseller, Vicent Marzá, contra la concertada. Acaba de emitir las dos primeras sentencias que confirman que fue ilegal el recorte de conciertos de Bachillerato y FP de hace tres años ya y da la razón, confirmando el fallo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat valenciana (TSJCV), a los dos primeros colegios que recurrireron la supresión de conciertos, el Pilar de Valencia y la Salle de Paterna. Hay otra veintena de casos similares pendientes de sentencia pero el fallo del Supremo abre la puerta a recuperar los conciertos en decenas de aulas.

El Supremo confirma lo dictado hace un año por la Sala de lo Contencioso del TSJCV y, en contra de la pretensión del Gobierno del Botànic, que suprimió aulas en más de 20 centros, avala el mantenimiento de las unidades concertadas en etapas no obligatorias, una medida que se inició con el Partido Popular.

Marzà impulsó en 2017 un decreto en el que fijaba nuevas bases para el procedimiento de renovación y acceso a los conciertos en la Comunidad Valenciana y programó una supresión automática de las aulas concertadas.

Así, mientras que en el curso 2017-2018 el número total de unidades concertadas en Bachillerato se situaba en las 437, para el siguiente curso ya fue de 406, lo que suponía una reducción del 13,8%, a pesar de que los colegios insistían una y otra vez en que se trataba de aulas "llenas de alumnos", con una demanda creciente en este tipo de enseñanza, lo que justificaba, por tanto, la financiación pública de las plazas a través del concierto.

Sin embargo, el Tribunal Superior primero y ahora el Supremo han dictado que la Generalitat no puede cambiar mediante un decreto autonómico una regulación que es de ambito estatal. Así, recuerda que desde 1985, el Real Decreto que establece el Reglamento de Normas Básicas de Conciertos Educativos para toda España concede la renovación automática a los centros si se cumplen los requisitos que determinaron la aprobación del concierto. Y esta norma rige no sólo para la concertación de aulas de primaria y secundaria, sino también para Infantil y Bachillerato, aunque se trate de etapas de enseñanza no obligatoria.

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