Las 10 excepciones en las que puedes saltarte el confinamiento
Culaquier excepcioón para entrar y salir del territorio debe estar adecuadamente justificada
Ana Matamales/EFE
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Actualizado 11:56
El Diari Oficial de la Generalitat Valenciana ha publicado el decreto del president de la Generalitat, Ximo Puig, que establece, a partir de este mediodía y por un período de siete días naturales, el cierre perimetral de la Comunitat Valenciana, donde se restringe la entrada y salida de personas, tal y como avanzó ayer el President Ximo Puig en una comparecencia.
���� @ximopuig anuncia el cierre perimetral de la Comunitat Valenciana durante una semana para proteger la salud de la ciudadanía frente al avance de la pandemia
— Generalitat (@generalitat) October 29, 2020
✅�� @GVAsanitat también adopta restricciones en municipios con riesgo alto ⤵️
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No obstante, el decreto recoge once excepciones a esa prohibición de entrada y salida de la Comunitat Valenciana, que deberán ser "adecuadamente justificadas" y que son las siguientes:
- La asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.
- El cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales.
- La asistencia a centros universitarios, docentes y educativos, incluidas las escuelas de educación infantil.
- El retorno al lugar de residencia habitual o familiar.
- La asistencia y cuidado a personas mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.
- El desplazamiento a entidades financieras y de seguros o estaciones de repostaje en territorios limítrofes.
- Actuaciones requeridas o urgentes ante los órganos públicos, judiciales o notariales.
- Renovaciones de permisos y documentación oficial y otros trámites administrativos inaplazables.
- Realización de exámenes o pruebas oficiales inaplazables.
- Causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
El decreto también señala cualquier otra actividad de análoga a las anteriores, siempre que esté debidamente acreditada. El cierre perimetral de la Comunitat permite, no obstante, la libre circulación entre los ciudadanos dentro del territorio valenciano.
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