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RESOLUCIÓN TSJCV

Estos son los 32 municipios en los que entra en vigor el toque de queda en la Comunidad Valenciana

Valencia capital o Benicassim son algunos de los municipuios afectados. La casi totalidad pertenecen a la provincia de Valencia

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Vicente OrdazValencia

Tiempo de lectura: 1'Actualizado 15:15

Las localidades son una en Castellón: Benicàssim; otra en Alicante: Sant Vicent del Raspeig y las otras 30 en la provincia de Valencia: Almàssera, Buñol, El Puig, Tavernes Blanques, Vilamarxant, Alboraya, Benaguasil, Benetússer, Benifaió, l'Eliana, Meliana, Moncada, Picanya, Picassent, Puçol, Requena, Riba-roja, Sedaví, Silla, Utiel, Alaquàs, Aldaia, Burjassot, Catarroja, Quart de Poblet, Xirivella, Gandia, Mislata, Paterna y València capital.

Estas medidas se hallan contenidas en una resolución de la Conselleria de Sanidad Universal fechada el pasado 9 de julio y tendrán una vigencia de 14 días desde su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

La Sala considera que son medidas "equilibradas", pues se derivan de ellas "más beneficios para el interés general -contención de la pandemia- que perjuicios sobre otros bienes o valores en conflicto", al tiempo que cumplen el "juicio constitucional de proporcionalidad".

El auto, que cuenta con un voto particular discrepante y que puede ser recurrido en casación, alude a la expansión de la variante Delta del coronavirus, el crecimiento exponencial de contagios, el aumento de las hospitalizaciones y la "situación cercana al colapso que se está ya produciendo en los centros de Atención Primaria".

Todo ello se pone de manifiesto en el informe sobre la situación epidemiológica actual en la Comunitat Valenciana que acompaña a la solicitud de autorización presentada por la administración autonómica.

Como ya expuso en anteriores autos, la Sala entiende que estas restricciones encuentran suficiente cobertura normativa en la Ley Orgánica 3/1986, de Medidas Especiales en Materia de Salud Pública, aunque reitera que lo "deseable" sería una legislación específica para evitar "problemas interpretativos" y "contradicción de criterios".

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