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TRIBUNALES

El TSJCV ordena repetir el juicio que condenó al exmarido de Oltra por abusos a una menor

Los tres mismos jueces que dictaron la primera sentencia deberán analizar unos informes que restan credibilidad a la víctima y que no se conocieron hasta después del fallo

Ex marido de Oltra durante el juicio

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Redacción Digital Valencia

Tiempo de lectura: 2'Actualizado 11:34

Luis Ramírez Icardi, educador social y exmarido de Mónica Oltra, fue condenado el pasado mes de diciembre a cinco años de prisión por abusos sexuales a una menor de edad. El tribunal consideró probado que el educador se aprovechaba de que la niña de 13 años dormía en una habitación individual para darle masajes y masturbarse con su mano. La menor alegó que tardó en denunciar porque creía que nadie la creería por el parentesco del condenado con "personas importantes".
Sin embargo, el caso acaba de dar un vuelco después de que el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) haya dictaminado que el juicio se tierne que repetir e incluir la valoración de un informe del Instituto Espill cuyas conclusiones exculpaban al acusado al poner en duda la credibilidad de la víctima.
La defensa había solicitado al alto tribunal que analizara dos informes -éste y otro de la Conselleria de Igualdad que dirige Oltra- pero no procede hacerlo en segunda intancia.
Según publica hoy el diario LP que incorpora parte del fallo, «Nos hallamos ante nuevas pruebas que por su entidad y naturaleza parece que deberían incorporarse al acervo probatorio para proceder, desde luego con libertad de criterio, a su valoración individual y conjunta»,
La inclusión de estas dos pruebas de descargo -sigue explicando LP- obligaría a la citación de peritos y testigos que participaron en su elaboración, lo que rebasa el ámbito del TSJ. De esta forma lo que decide la Justicia es que se declare la nulidad parcial de la sentencia y ordena la repetición de la vista.
Serán los mismos magistrados que ya condenaron al educador quienes compondrán el tribunal, y no hará falta que la menor, de 15 años en el momento de los hechos, comparezca de nuevo en la Audiencia.
La controversia gira sobre el valor de esos informes y por qué no estaban incorporados al procedimiento. El ministerio público, de hecho, ya restó valor a ese informe exculpatorio de los abusos y recordaba en su escrito que el tribunal si valoró la credibilidad de la víctima basándose -entre otros- en el informe forense, que sí respalda la versión de la menor.

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