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TRIBUNALES ABUSOS

Desestimada una querella contra Mónica Oltra tras la condena de su exmarido

La Sala explica que no se aporta "ningún indicio objetivo" de que la aforada pudiera haber dado orden de encubrimiento de los hechos juzgados

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EFE

Tiempo de lectura: 2'Actualizado 13:37

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha desestimado una querella presentada por Cristina Seguí, colaboradora de medios de comunicación, contra la vicepresidenta del Consell y consellera de Igualdad Políticas Inclusivas, Mónica Oltra, tras la condena de su exmarido L.E.R. por abusos sexuales a una menor.

La Sala de lo Civil y Penal del TSJCV se ha declarado competente para conocer de dicha querella, al dirigirse contra una aforada, pero la ha desestimado porque no se aporta "ningún indicio objetivo" de que la aforada "pudiera haber dado orden a cualquiera de los restantes querellados", no aforados, "para que llevasen a cabo actuaciones tendentes a proteger a L.E.R, no contando más que con la sospecha de que todas las personas a que se refiere el escrito de querella están vinculadas a la Conselleria que preside la querellada y que el afectado fue en su momento su pareja".

La querella viene derivada de la condena a cinco años de cárcel a LR, exmarido de la también responsable de Igualdad, por abuso sexual a una menor del centro de acogida en el que trabajaba. En la sentencia, la Audiencia de Valencia, además de considerar probado el delito, valoró de manera muy dura la actuación de la Conselleria que dirige Oltra. En su opinión, desde el departamento no se protegió debidamente a la víctima y se realizó una "instrucción paralela" a la que ya se encontraba en vía judicial. Además, criticaba que en los informes encargados por Igualdad se vislumbraba una "hostilidad y absoluta falta de empatía" hacia la menor al concluir que su relato no era creíble o que existía una "inicial percepción (consigna en realidad) de que la menor es una niña problemática, mentirosa e incluso violenta".

Ahora la Sala cita en la resolución la jurisprudencia del Tribunal Supremo y subraya las diferencias entre esta querella y un auto del TSJCV relativo al llamado 'Caso Valmor', que citaba la propia querellante. En ese caso, "no se inicia la investigación de cero, sino que parte de unos indicios puestos de manifiesto por una investigación previa (...)", "indicios basados en una documentación pública" adjuntada a la querella, precisa el Tribunal.

El TSJCV, por tanto, acuerda la desestimación de la querella contra Oltra, sin perjuicio de que la querellante pueda formular su petición en la jurisdicción ordinaria (en los Juzgados de Instrucción).

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