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Ya se pueden pedir las ayudas por el temporal de gota fría

Puedes pedir la ayuda hasta el próximo 14 de octubre y los primeros 1.500e no necesitan justificación de daños.

Inundaciones la Vega Baja

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Ana Matamales/Agencias

Tiempo de lectura: 2'Actualizado 23 sep 2019

Si eres uno de los afectados por el temporal DANA, ya puedes solicitar las ayudas para recuperar los bienes y enseres de primera necesidad que hayas perdido como consecuencia de la gota fría.

Ayer, el Diario Oficial de la Generalitat publicó ayer los decretos para los afectados por la gota fría: uno para dar respuesta a los bienes personales de primera necesidad, con 1.500 euros "inmediatos y sin papeleos" --hasta un máximo de 4.500 por persona y con un montante total de 13,5 millones--, y otro para los ayuntamientos con diez millones en ayudas para que los consistorios, hasta un total de 27, puedan cubrir los gastos extraordinarios de ayuda y reconstrucion de los daños provocados por la gota fría.

Ayudas hasta 4.500e por vivienda

El decreto de ayudas a particulares, los afectados pueden ir a su ayuntamiento y solicitar directamente la ayuda, sin necesidad de peritajes ni valoracion de ningún tipo y obtendrá un anticipo de 1.500 euros. Después cada afectado puede ampliar esa cantidad hasta un maximo de 4.500 euros una vez los tecnicos evaluen los daños en la vivienda. Además, La Generlaitat desplazará técnicos en cada uno de los ocho municipios más afectados con los medios informáticos necesarios y formularios de solicitud impresos para que las personas afectadas sólo tengan que rellenarlos y firmarlos para iniciar la tramitación.

El resto de ayuntamientos donde la incidencia del temporal fue menor, contarán con una oficina itinerante conforme su presencia sea necesaria a solicitud de las autoridades municipales. 

El plazo para solicitar las subvenciones es de quince días hábiles, es decir, hasta el próximo 14 de octubre.

Ayudas a los Ayuntamientos 

El segundo de los decreto de ayudas  va dirigido a los Ayuntamientos, por valor global de diez millones de euros, que permitan compensar gastos extraordinarios durante el episodio de emergencia. Los municipios disponen de 45 días para presentar sus estimaciones ante la subdirección general de Emergencias, para lo que podrán contar con el apoyo de técnicos de la Generalitat y de las diputaciones. El plazo se reduce a 15 días para presenar una declaración certificada, desde la publicación del decreto, de los gastos extraordinarios desde el 11 de septiembre hasta el día que aparezca la orden en el DOGV.

MUNICIPIOS AFECTADOS

Podrán acogerse a las ayudas los vecinos y ayuntamientos de las localidades de Algorfa, Almoradí, Benejúzar, Benferri, Benijófar, Bigastro, Callosa de Segura, Catral, Cox, Daya Nueva, Daya Vieja, Dolores, Formentera del Segura, Granja de Rocamora, Guardamar del Segura, Jacarilla, Los Montesinos, Orihuela, Pilar de la Horadada, Rafal, Redován, Rojales, San Fulgencio, San Isidro, San Miguel de Salinas, Torrevieja, Crevillent y Villena, en la provincia de Alicante.

En Valencia, la lista incluye a La Font de la Figuera, Moixent, Agullent, Aielo de Malferit, Albaida, Atzeneta d'Albaida, Bellús, Beniatjar, Benigànim, Bocairent, Castelló de Rugat, Fontanar dels Alforins, La Pobla del Duc, Llutxent, L'Olleria y Ontinyent.

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