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Regulan las paradas a demanda para mujeres o el acceso con animales en el transporte público

La principal novedad es la regulación de las paradas intermedias por razones de seguridad desde una perspectiva de género, con paradas de bus a demanda para mujeres

Tram de Castellón

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Tiempo de lectura: 3'Actualizado 07:48

El Ayuntamiento de Castelló, a través del área de Movilidad Sostenible, somete a partir de mañana a audiencia e información pública el Reglamento del Transporte Público Urbano en Autobús de Castelló actualizado. Un texto aprobado inicialmente por el pleno municipal en febrero del 2013 que introduce ahora novedades como la regulación de las paradas intermedias por razones de seguridad desde una perspectiva de género (paradas de bus a demanda para mujeres), el acceso al autobús con animales de compañía o la posibilidad de transportar bicicletas plegables y otros vehículos de movilidad personal. Además, se permite hacer trasbordo en el plazo de una hora en cualquier línea y con cualquier título de transporte excepto con el billete ordinario.

Esta actualización también incide específicamente en la atención a la accesibilidad universal y mantiene la regulación de aspectos como las condiciones generales del servicio, los derechos y deberes de las personas usuarias del servicio, las obligaciones de la concesionaria, los títulos de transporte o el régimen sancionador, entre otros.

Actualizamos el reglamento del transporte público después de más de ocho años desde su aprobación para introducir importantes novedades que hemos impulsado en los últimos meses, como las paradas a demanda para las mujeres, la posibilidad de acceder con animales de compañía o el transporte de bicicletas plegables”, ha explicado el concejal de Movilidad Sostenible, Jorge Ribes. “El actual reglamento se había quedado obsoleto, por lo que era necesaria una actualización de la normativa para adaptarla a la realidad y a las circunstancias de la prestación del servicio actual”, ha insistido Ribes.

Respecto a las novedades, en las paradas a demanda para mujeres, se establece que “el Ayuntamiento podrá autorizar paradas intermedias para el desembarque, fuera de las prefijadas, en las líneas, tramos, condiciones y horarios que se determinen para cada servicio, atendiendo, especialmente, a razones de seguridad o accesibilidad y siempre desde una perspectiva de género y de inclusión social”. En cuanto al acceso de bicicletas y otros vehículos de movilidad personal, se especifica que “las bicicletas plegables y otros vehículos de movilidad personal tales como patinetes, patinetes eléctricos, monopatines y otros análogos. Es obligatorio que la bicicleta o el vehículo de movilidad personal esté plegada, cuando esto sea posible, antes de subir al vehículo, debiendo situarse en la plataforma central y estando sujeta en todo momento por su propietario y propietaria”.

Y en cuanto al acceso de animales de compañía, en base a la actualización del reglamento que se someterá a información pública, “se permite viajar en el vehículo portando pequeños animales de compañía, sujetos en los brazos o dentro de receptáculos idóneos, siempre que no produzcan molestias al olfato, al oído o en general al confort de los restantes viajeros y viajeras. Se exceptúan de lo anterior, los perros guías, de asistencia o de apoyo que estén acreditados para estas funciones por centros homologados, pudiendo viajar en las condiciones que se establezcan en la normativa de aplicación, en todo momento junto a la persona que asisten”.

Además, el reglamento cuenta con el informe de impacto de género con una serie de recomendaciones a tener en cuenta desde la perspectiva de género referido más a la forma y evaluación de la prestación del servicio que a la propia disposición reglamentaria, que ha sido redactada con lenguaje inclusivo.

También se han tenido en cuenta observaciones y sugerencias formuladas por distintos servicios municipales, tales como Policía Local, Gente Mayor, Juventud e Infancia. Entre ellas destacan el acceso por la segunda puerta del autobús a las personas que precisen del uso de otros elementos de apoyo como bastones, muletas o andadores; dar prioridad en el acceso al vehículo a las personas con movilidad reducida, que porten bebés, personas mayores o mujeres embarazadas. Además, los objetos perdidos, cuando no sean reclamados por sus dueños o dueñas, deberán ser depositados por la empresa que presta el servicio del autobús en la oficina municipal de gestión de objetos perdidos, en lugar de en las dependencias de la Policía Local; y para el bono joven de 10 viajes, considerar persona joven a los/las menores de 30 años (hasta ahora era para los/las menores de 26 años).

Durante un plazo de 15 días, a partir de mañana, el reglamento del transporte público actualizado se podrá consultar en la página web municipal (www.castello.es) y presentar las aportaciones que se consideren oportunas.


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