Alertan a los autónomos: "Si no tienes trabajadores, pero tus ingresos han caído un 75% respecto al año anterior, puedes cobrar el 50% de tu base de cotización"

Un graduado social explica en la Cadena COPE los requisitos y el procedimiento correcto para solicitar el cese de actividad sin arriesgarse a perder la prestación

(Foto de ARCHIVO)trabajador, trabajando, camarero, bar, autónomo, consumo, cafetería, café, precios, IPC, empleo, paro, parados, hostelería, desayunoEUROPA PRESS18/6/2015
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Europa Press

El graduado social, Benjamín Beltrán, detalla el procedimiento correcto para solicitar el cese de actividad.

COPE Castellón

Castellón - Publicado el

2 min lectura9:21 min escucha

La subida de los costes laborales y la delicada situación económica están llevando a muchos autónomos a una situación límite. En una intervención en la COPE Más Castellón, el graduado social Benjamín Beltrán ha desgranado las claves para que los trabajadores por cuenta propia puedan acceder a la prestación por cese de actividad, conocida como 'el paro de los autónomos', y ha advertido sobre los errores fatales que pueden dejarles sin ninguna ayuda.

El 'paro' del autónomo: una prestación contributiva

Beltrán ha querido dejar claro que esta ayuda no es un regalo. “Es una prestación de desempleo. Pero cuidado, no es un regalo, es una prestación contributiva y que hay que saber pedirlo”, ha señalado. El derecho a esta cobertura se genera con el pago mensual de la cuota de autónomos, que ya incluye la cotización por cese de actividad, anteriormente opcional.

Si te das de baja porque sí, te quedas sin nada"

Benjamín Beltrán

Graduado social

El principal error que cometen muchos autónomos es tomar una decisión precipitada por la desesperación. Según el experto, “el error fatal es ir a un despacho o a una asesoría y decir, ‘dame de baja, que no puedo más’”. Este acto se considera una baja voluntaria y anula automáticamente el derecho a percibir la prestación, dejando al autónomo completamente desprotegido.

Requisitos para solicitar la ayuda

Para acceder a la prestación es imprescindible acreditar el motivo del cierre. Benjamín Beltrán subraya que la causa principal que hay que argumentar son las pérdidas económicas. La ley establece que unas pérdidas superiores al 10 % de los ingresos en un año completo son motivo suficiente. “No sirve de nada con decir ‘no entra nadie a la tienda’”, ha advertido, insistiendo en la necesidad de presentar documentos como el balance de sumas y saldos o las declaraciones de IVA.

Además, existe una novedad importante: el cese parcial. Esta modalidad permite recibir una ayuda sin necesidad de cerrar el negocio por completo. Si un autónomo sin trabajadores sufre una caída de ingresos del 75 % respecto al año anterior, puede cobrar el 50 % de su base de cotización. Durante ese tiempo, la mutua se hace cargo de la mitad de la cuota, un balón de oxígeno para intentar salvar la actividad.

El procedimiento correcto y los plazos

El procedimiento correcto comienza por verificar que se cumplen los requisitos, preferiblemente con la ayuda de un experto. A continuación, se debe preparar una memoria explicativa y recopilar toda la documentación que acredite las causas económicas. Solo entonces se debe tramitar el cese. Además, hay que prestar atención al reloj: el plazo para solicitar la ayuda finaliza el último día del mes siguiente al cierre. “Si te duermes, pierdes”, ha sentenciado Beltrán.

No cierres solos"

Benjamín Beltrán

Graduado social

El graduado social ha concluido con un consejo clave: revisar la base de cotización. Una base muy baja dará como resultado una prestación muy reducida, que podría ser de tan solo 600 o 700 euros. Su recomendación final es contundente: “No cierres solos. Antes de firmar nada, consulta”. Beltrán afirma que el coste de un asesoramiento es mínimo en comparación con la pérdida de hasta 24 meses de prestación por un error en los formularios.

Este texto ha sido elaborado por el equipo editorial con la asistencia de herramientas de IA.

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