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Madrid elimina el toque de queda y la prohibición de reuniones en domicilios por falta de marco legal

Se amplía el horario de la hostelería a las 00.00 horas y se mantiene la limitación de comensales a cuatro personas en el interior y seis en terraza

Enrique López, consejero de Justicia, y Enrique Ruiz Escudero, consejero de Sanidad

Victoria M. BallesterosComunidad de Madrid

Tiempo de lectura: 4'Actualizado 12:48

La Comunidad de Madrid eliminará la prohibición de reuniones de no convivientes en domicilios y el toque de queda a partir del próximo domingo 9 de mayo, cuando finaliza el estado de alarma, y ampliará el horario de cierre de bares y restaurantes de once a doce de la noche.

Lo ha indicado en una rueda de prensa el consejero de Sanidad en funciones de la Comunidad de Madrid, Enrique Ruiz Escudero, acompañado del consejero en funciones de Justicia, Interior y Víctimas, Enrique López, al señalar que no existe actualmente "cobertura legal suficiente" para la adopción de "medidas restrictivas de derechos individuales".

Aunque la Comunidad de Madrid eliminará la prohibición de las reuniones de no convivientes en domicilios, lo mantiene como una recomendación.

Además, se ha anunciado un plan antibotellón en la vía pública para lo que se trabajará con Policía Local. En este sentido, el consejero Enrique López ha hecho un llamamiento a la Delegación del Gobierno para “redoblar los esfuerzos y mantener un nivel satisfactorio” de colaboración con la Comunidad de Madrid, “una actitud que los madrileños agradecen y reclaman”.

Los establecimientos de hostelería podrán cerrar a las doce de la noche, una hora más tarde respecto al horario vigente, pero se mantiene la limitación de comensales a cuatro personas por mesa en el interior y seis en terraza.

Los cines, teatros y auditorios podrán cerrar a las 00:00 horas. Se mantiene la butaca preasignada, el 75% de aforo y la obligación de dejar una butaca libre entre personas o grupo de personas que adquieran entrada conjuntamente.

En los lugares de culto se limita el aforo con carácter general al 50%. En velatorios y entierros, no hay tampoco variación, ya que se mantienen las 50 personas al aire libre y de 25 en espacios cerrados. En museos y monumentos, seguirán como hasta ahora con un aforo al 75% y visitas en grupo de un máximo de 10 personas, y las bibliotecas seguirán igualmente con una ocupación máxima del 75%.

Las salas multiusos polivalentes como el Wizink Center, recintos destinados a espectáculos públicos y recintos taurinos tendrán un 50% de aforo, butaca preasignada y una butaca libre entre personas o grupo de personas que adquieran entrada conjuntamente. Su cierre queda fijado a las 00:00 horas y la actividad tiene que programarse para que esté finalizada a esta hora.

Las academias, autoescuelas y centros de enseñanza no reglada mantendrán como hasta ahora un aforo del 75%.

Por su parte, las instalaciones deportivas y gimnasios podrán abrir entre las 06:00 y las 23:00 horas pero con aforo del 50%. Los parques recreativos infantiles (parques de bolas y similares) se mantienen como hasta ahora con un aforo del 40%; los parques de atracciones, zoos, acuarios y centros recreativos turísticos, como hasta ahora, con un aforo del 60%; las ferias comerciales, congresos, reuniones o juntas de propietarios, como hasta ahora, con un aforo del 75%; y los locales de juego, apuestas, casino y el hipódromo, con un aforo al 50% y horario de cierre a las 00:00 horas.

El uso de la mascarilla será obligatorio en las mismas condiciones que hasta la fecha, con las mismas excepciones.

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La Comunidad pedirá a la Justicia que avale las medidas sanitarias en las Zonas Básicas de Salud

Tras hacer un llamamiento a la “responsabilidad individual de los ciudadanos” en el cumplimiento de las normas emitidas por la Consejería de Sanidad, Enrique López ha explicado que, “ante el fin del Estado de alarma y la ausencia de una ley orgánica de pandemias renovada y eficaz”, a partir del día 9 los gobiernos regionales deberán solicitar el aval de la Justicia de todas aquellas medidas que impliquen la restricción de derechos fundamentales en sus territorios. Ese es el caso, por ejemplo, de las limitaciones de movilidad fijadas en las ZBS, que, en el caso de la región, deberán contar con el visto bueno del Tribunal Superior de Justicia de Madrid o, en última instancia, del Tribunal Supremo.

Zonas confinadas: se mantienen las restricciones en Las Rozas y Majadahonda y finalizan en La Pedriza

La Comunidad de Madrid va a ampliar las restricciones de entrada y salida por COVID-19, salvo por causa justificada, a una nueva zona básica de salud (ZBS). Al mismo tiempo las levantará en otras tres zonas básicas y dos localidades, por lo que a partir de las 00:00 horas del próximo lunes quedarán perimetradas un total de 14 zonas básicas de salud. En estos núcleos de población viven 351.776 ciudadanos, el 5,2% del total de la región y concentran el 6,4% de los casos de los últimos 14 días.

Así a partir de las 00:00 horas del próximo lunes, 10 de mayo, y hasta las 00:00 horas del lunes 24 de mayo quedará restringida la movilidad en la ZBS de Leganés Norte en el municipio de Leganés. Al mismo tiempo, a partir de las 00:00 horas del domingo 9 de mayo, con el fin del vigente Estado de alarma, se eliminarán las limitacionesen las localidades de Manzanares el Real y San Agustín de Guadalix, en la zona básica de Alcalde Bartolomé González, en el municipio de Móstoles; y en las zonas de Silvano (distrito de Hortaleza) y Villa de Vallecas (distrito de Villa de Vallecas), en Madrid capital.

Por otro lado, se mantienen perimetradas hasta las 00:00 horas del lunes 17 de mayo las zonas básicas de salud de Madrid capital de Vicente Muzas (distrito de Hortaleza), Daroca y Ghandi (Ciudad Lineal), General Fanjul (Latina), Castelló (Salamanca), Barajas (Barajas) y Chopera (Arganzuela).

También se mantienen hasta el 17 de mayo las restricciones en las zonas básicas de salud de Las Rozas (Las Rozas); Majadahonda (Majadahonda) y La Princesa (Móstoles) Reyes Católicos (San Sebastián de los Reyes); Las Ciudades y Las Margaritas (Getafe).

Los criterios que ha establecido la Dirección General de Salud Pública para las limitaciones en estos núcleos de población, según la evolución epidemiológica de la región, son: umbral superior a 500 casos por 100.000 habitantes a 14 días, tendencia creciente y transmisión comunitaria.



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