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Correos informa de que se amplía hasta el 12 de febrero el plazo para votar por correo en el 14F

El certificado de inscripción en el censo para el 14F puede pedirse por Internet o en una oficina

Imagen de recurso de voto por correo

Tiempo de lectura: 2'Actualizado 10:54

Correos ha informado de que el plazo para votar por correo en las elecciones catalanas previstas para el 14 de febrero se ha ampliado hasta el 12 de febrero a las 14.00 horas, por decisión de la Junta Electoral Central (JEC).

Correos está organizando "las medidas necesarias para garantizar el cumplimiento de todas las obligaciones de servicio público" en el proceso electoral y en el marco de la pandemia del Covid-19, ha explicado la compañía en un comunicado.

Los catalanes que quieran votar por correo deben solicitar su certificado de inscripción en el censo electoral, un trámite "imprescindible para poder emitir el voto por correspondencia" y que puede realizarse hasta el día 4 de febrero.

Como novedad, el certificado puede solicitarse de forma telemática, con la firma electrónica y en la web <www.correos.es>, o a través de cualquier oficina de Correos de España, como se ha hecho en anteriores citas electorales.

Quienes decidan pedir el voto por correo en las oficinas tendrán que acudir personalmente, salvo en caso de enfermedad o discapacidad acreditada mediante certificación médica oficial, y deberán llevar consigo el DNI, pasaporte o carné de conducir.

En ese sentido, la compañía ha recordado que ha instalado mamparas en sus oficinas y que todos sus los empleados disponen de mascarilla FFP2, guantes y geles, de uso personal y para los clientes.

ENTREGA DE LA DOCUMENTACIÓN

Una vez solicitado el voto por correo, el cartero entregará la documentación electoral al ciudadano en su casa, siguiendo "un protocolo de seguridad" que impide que los destinatarios de los envíos y el personal toquen el terminal de firmas.

El cartero comprobará la identidad del votante y anotará su número del DNI, pasaporte o carné de identidad para dar fe de la recepción de los sobres y papeletas, sin necesidad de que el interesado firme.

Si el ciudadano lo desea, podrá votar en ese mismo momento, entregando el sobre cerrado al cartero, que le dará un justificante de voto; alternativamente, podrá entregarlo en una oficina de Correos hasta el 12 de febrero.

El cartero "extremará el celo y la diligencia para
mantener en todo momento bajo su custodia los votos emitidos que
hubiese recogido, hasta su entrega en la unidad de reparto", ha explicado Correos.

En cuanto al voto rural, el personal de Correos podrá recoger el sobre tanto en el mismo instante de entrega de la documentación electoral como en un momento posterior, siempre que se realice en horarios y puntos de paso habitual --siguiendo la fórmula de voto 'al paso'--.

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Además, las oficinas de Correos amplían su horario en atención a la tramitación de los votos por correo: 101 abrirán todos los sábados hasta el 6 de febrero, y algunas de las que no abren por la tarde sí atenderán en esa franja, entre otros cambios.

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