Un juez califica como delito "leve" la supuesta agresión a una alumna que pintó una bandera de España en clase

Así lo recoge el auto que ha emitido el Juzgado de Instrucción número 2 de Tarrasa, donde tuvieron lugar los hechos el 17 de junio de 2020

Tiempo de lectura: 2' Actualizado 03:19

La Justicia se ha pronunciado por primera vez sobre la presunta "agresión y humillación" de una profesora a una alumna de 10 años de una escuela de Tarrasa, Barcelona, por haber pintado en un trabajo una bandera de España junto a la frase "¡Viva España!". Así lo ha publicado este sábado el periódico ABC, quien ha tenido acceso al auto en el que el juez emite "el sobreseimiento de la causa" al no apreciar ningún "delito de odio o contra la integridad moral" y deja la denuncia hecha por parte de la familia en un "delito leve de lesiones o maltrato de obra".

Los hechos que han sido juzgado tienen lugar el 17 de junio de 2020 en la Escuela Font d'Alba de Tarrasa, cuando, según consta en la denuncia, la docente supuestamente "increpó y zarandeó a la alumna y la humilló ante sus compañeros por pintar una bandera española junto a la frase "¡Viva España!", en un trabajo de fin de curso". Algo, que según recoge el parte médico, creó a la menor lesiones en la zona lumbar y en un dedo, así como "secuelas psíquicas" como ansiedad o trastornos en el sueño. Estos hechos fueron denunciados por la familia el mismo día en el que supuestamente tuvieron lugar en la localidad catalana.

Sin embargo, la consejería de Educación tardó hasta cinco días en dar algún tipo de respuesta a la denuncia y cuando se pronunció negó que detrás de esta supuesta agresión hubiese intencionalidad política alguna, ni tampoco maltrato físico. Sí que admitió, en cambio, que la docente había actuado mal al destripar ante el resto de la clase el trabajo de la menor, ya que además la dejó sola en el pasillo a modo de castigo. Por ello, el departamento de la Generalitat abrió un expediente disciplinario a la profesora al entender que podría constituir una falta leve.

El magistrado del Juzgado de Instrucción número 2 de la localidad argumenta en su auto que los hechos supuestamente sucedidos fueron en todo momento "espontáneos o incontrolados, de reacción momentánea. Una reacción de la profesora respecto a la alumna por no cumplir con el trabajo encargado". Tampoco considera el presunto delito contra la integridad moral pese al parte médico facilitado, ya que considera que los hechos no fueron suficientemente graves como para calificar como "denigrante" el trato proferido por la docente. Afirma, además, que no puede "imputarse de forma objetiva y de relación causa/efecto a la actuación de la investigada que recoge el informe psicológico realizado" ya que "pueden venir provocadas por multitud de hechos" que no tienen nada que ver con los hechos investigados.