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El Obispado de Zamora apuesta por “no alimentar polémicas” sobre la titularidad de la ermita de Corrales

Expresa su perplejidad por que el Ayuntamiento de Corrales del Vino suprima su representación institucional en los actos religiosos organizados por la parroquia

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Tiempo de lectura: 2'Actualizado 07:16


La Diócesis de Zamora, ante los últimos acontecimientos en torno a la titularidad de la ermita de Nuestra Señora de las Angustias de Corrales del Vino,

COMUNICA QUE:

- En base a los derechos constitucionales y al artículo segundo, punto 2 de la Ley de Libertad Religiosa, la Iglesia puede establecer lugares de culto con fines religiosos tal y como viene haciéndose en Corrales del Vino desde tiempo inmemorial, al servicio del pueblo de Dios y de la sociedad en general.

- En el estricto cumplimiento de la ley, el Real Decreto 1867/1998 permitió que se inscribieran en el Registro los templos católicos. La diócesis de Zamora inmatriculó, por el procedimiento de la certificación administrativa del art. 206 LH, aquellas propiedades susceptibles de pertenecer a esta.

- La inscripción de estos bienes en el Registro de la Propiedad no responde a un privilegio de la Iglesia Católica, sino a un procedimiento administrativo que solucionó el problema de la inscripción de las fincas carentes de título de dominio.

- El caso de la ermita de Corrales, como no puede ser de otra manera, responde a un procedimiento ordinario conforme a la legalidad anteriormente citada, siendo que el Obispado actuó en tiempo y forma para el reconocimiento de la titularidad del inmueble.

- La propietaria original de la ermita fue la Cofradía de la Santa Cruz que, una vez extinguida, por su condición de asociación de fieles sujeta al Derecho Canónico, transfiere sus bienes a la entidad eclesiástica superior de la que forma parte, en este caso a la parroquia de Corrales del Vino.

- La ermita de Nuestra Señora de las Angustias es un bien cultural por su valor histórico y artístico que se integra en el patrimonio de la localidad de Corrales del Vino. Por esta condición y, de acuerdo con la práctica habitual de mantenimiento del patrimonio, las administraciones públicas colaboran con los propietarios de estos bienes en la conservación y recuperación de los mismos, incluso mediante la concesión de ayudas de tipo económico, como la otorgada por el programa Arquimilenios de la Junta de Castilla y León para la recuperación y mantenimiento de este templo.

- La ermita pertenece a la comunidad de fieles cristianos de Corrales del Vino y está al servicio del conjunto de la sociedad, siendo la Iglesia simplemente la administradora de este bien. Por tanto, no solo es un templo para los católicos, sino para todos aquellos que quieran admirar su valor cultural.

Por todo lo anterior y en base a la sentencia emitida el 14 de abril de 2021 por el Juzgado de 1ª instancia nº 3 de Zamora, en la que se declara que la Parroquia de Santa María Magdalena de Corrales del Vino es la propietaria de la ermita,

MANIFESTAMOS:

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- La perplejidad por lo acordado en el pleno del Ayuntamiento de Corrales del Vino el pasado 6 de septiembre, en el que suprime su representación institucional en los actos religiosos organizados por la parroquia, así como su intención de no incluir ningún acto religioso en las programaciones culturales y festivas de la localidad.

- La necesidad de no alimentar polémicas que podrían generar división entre los vecinos de Corrales del Vino y la parroquia de esta localidad.

- La disponibilidad de la parroquia al servicio del bien común.

- El agradecimiento a los fieles y colaboradores de Corrales del Vino por su generosa participación en el sostenimiento de la ermita, concebida para el servicio litúrgico del Pueblo de Dios.







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