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Sanidad permitirá acceder a los interiores de hostelería con el pasaporte covid

Los servicios jurídicos avalan la medida en los municipios en nivel 3 y 4 de alerta sanitaria

Comercio y Hostelería suponen el 36,9% del empleo en Baleares, según Adecco

08/06/2020 Una camarero sirve una mesa en el interior de un bar durante el día en el que se inicia la Fase 3 de la desescalada en Palma de Mallorca, cuando los bares y restaurantes tienen permitido abrir con un aforo del 75%, según dio a conocer ayer la presidenta del Govern balear, Francina Armengol, tras la publicación de una orden en el Boletín Oficial de Baleares (BOIB). En Palma de Mallorca, Islas Baleares (España), a 8 de junio de 2020.Isaac Buj - Europa Press

Tiempo de lectura: 1'Actualizado 08:05

La Consejería de Sanidad introducirá una excepción en las medidas restrictivas de los municipios en nivel 3, en vigor hoy debido a la última actualización del semáforo Covid-19, que elevó el martes el nivel de riesgo de 19 municipios de la región.

Los técnicos de Salud Pública y los Servicios Jurídicos de la Consejería han avalado que los establecimientos de hostelería y restauración puedan, de forma excepcional, permitir la entrada de personas en su interior siempre y cuando dispongan de pasaporte Covid completo y con un aforo máximo de un tercio.

La modificación de la norma, que será aplicable en los niveles 3 y 4 de riesgo, se publicará este viernes en el Boletín Oficial de Cantabria (BOC), y entrará en vigor en el mismo momento de su publicación.

La autoridad sanitaria quiere así evitar el impacto de determinadas medidas restrictivas en plena época estival, pero sin comprometer con ello la salud de las personas. Por eso, insta a la ciudadanía a no rebajar, bajo ninguna circunstancia, las medidas de precaución, que siguen siendo imprescindibles para frenar la expansión descontrolada del virus.

En este sentido, Sanidad recuerda que dicho certificado del estado de salud de los ciudadanos se emite en tres circunstancias: con la pauta completa de vacunación; si se acredita haber pasado la enfermedad desde 11 a 180 días después de haber tenido PCR positiva (el llamado pasaporte de recuperación) y el pasaporte de prueba negativa, que se dispensa a personas con prueba diagnóstica PDIA negativa, realizada en las 72 horas anteriores.


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