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Las denuncias por violencia machista descendieron un 18,2% en los juzgados cántabros de julio a septiembre

Del 1 de enero al 30 de septiembre, estos juzgados recibieron 1.300 denuncias, doscientas menos que en el mismo periodo del año anterior

Las denuncias han descendido

Tiempo de lectura: 3'Actualizado 13:08

Los órganos judiciales encargados de investigar la violencia de género en Cantabria registraron de julio a septiembre de este año un total de 462 denuncias, lo que supone una disminución de 18,2 por ciento respecto a las presentadas un año antes (565). En las denuncias registradas figuran como víctimas el mismo número de mujeres (462), dato que se traduce en una ratio de 15,4 víctimas por cada 10.000 mujeres que residen en Cantabria.

Todos estos datos se desprenden del informe que trimestralmente difunde el Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género, con sede en el Consejo General del Poder Judicial, y que hoy se ha dado a conocer con información relativa al tercer trimestre de este 2020. Entre el 1 de enero y el 30 de septiembre de este 2020 llegaron a los juzgados 1.300 denuncias, mientras que en el mismo periodo del año anterior lo hicieron 1.507.

106 condenados por violencia sobre la mujer

El informe del Observatorio revela que durante el tercer trimestre fueron condenados 71 hombres en los juzgados de violencia sobre la mujer –por delitos leves o bien porque reconocieron los hechos en la comparecencia previa al juicio rápido– y 35 hombres en el Juzgado de lo Penal nº5 –el encargado de ventilar estos asuntos-, 20 de ellos también por conformidad.

A lo largo del trimestre, los jueces y juezas de violencia sobre la mujer acordaron 56 órdenes y medidas de protección, y 15 los titulares de los juzgados de instrucción en funciones de guardia –que atienden casos de violencia de género por las tardes y en fines de semana.

El 10% de las mujeres decide no declarar

De las 462 denuncias registradas en los juzgados de violencia sobre la mujer de Cantabria, el 65,6 por ciento fueron presentadas por la propia víctima, bien en el juzgado o ante la policía; el 14,9 por ciento de esas denuncias llegó al órgano judicial por un parte de lesiones; el 11,3 por ciento por intervención policial directa; el 4,3 por ciento por denuncia de un familiar, y el 3,9 por ciento a través de servicios asistenciales o terceras personas.

En 44 casos, la víctima se acogió a la dispensa legal a la obligación de declarar como testigo, prevista en el artículo 416 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, lo que supone que el diez por ciento de las mujeres que figuran como víctimas tomaron esa decisión. Otras 12 mujeres decidieron no declarar cuando fueron llamadas a testificar en juicio ante el Juzgado de lo Penal.

Desde el año 2015, el Observatorio sustituyó entre sus datos estadísticos la cifra de renuncias por la de víctimas que se acogen a la dispensa a la obligación legal de declarar, por entender que se trata de un parámetro más acorde a la realidad toda vez que en los procedimientos de violencia de género la fiscalía siempre actúa de oficio, por lo que la renuncia de la víctima no lleva aparejada obligatoriamente la finalización del proceso judicial.

Medidas de protección judiciales

De julio a septiembre, los juzgados de violencia sobre la mujer de Cantabria recibieron un total de 89 solicitudes para la adopción de órdenes y medidas de protección.

Se encuadran en estas cifras las órdenes de protección y las medidas de protección y seguridad contempladas en el artículo 544 ter -conllevan medidas penales y civiles, y su adopción exige la presencia del presunto agresor-, y también las del artículo 544 bis -precepto que permite al juez adoptar una protección de carácter penal sin necesidad de tomar declaración al denunciado.

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De esas 89 medidas y órdenes de protección solicitadas en los juzgados de violencia sobre la mujer, los jueces y juezas acordaron 56, lo que representa el 63 por ciento de todas las pedidas. A nivel nacional, se adoptaron el 71 por ciento de las incoadas.

Por su parte, los juzgados de guardia que atendieron casos de violencia de género, recibieron 21 peticiones de órdenes y medidas de protección, de las cuales acordaron 15.

Relación entre la denunciante y el denunciado

En la mayoría de los casos en los que se solicitaron órdenes o medidas en los juzgados de violencia, la mujer era española y mayor de edad (65 ocasiones). En otras 22 medidas, se trataba de mujeres extranjeras mayores de edad y en 2 la mujer que figuraba como víctima era española menor de edad.

En cuanto a los denunciados que figuran en las órdenes de protección solicitadas: 73 eran hombres españoles y 16 de fuera de nuestro país.

Por otro lado, al analizar la relación que existía entre la denunciante y el denunciado en el momento de producirse la supuesta agresión, en el 58,4 por ciento de las ocasiones eran matrimonio o tenían una relación afectiva, mientras que en el 41,6 por ciento de los casos el vínculo ya estaba disuelto.

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