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Ya hay norma nacional que regula el uso del patinete. ¿Qué puedo hacer y qué no?

La DGT prohibe su uso por la aceras y los vehículos no podrán superar los 25 km por hora

Se regula el uso del patinete eléctrico

Tiempo de lectura: 1'Actualizado 08:35

La DGT ha aprobado una nueva reforma legal del código de circulación que regula por primera vez el uso de los patinetes eléctricos. Entre las novedades la velocidad máxima a la que podrán circular será de 25 km/h por ciudad. De esta forma la Dirección General de Tráfico acaba con las recomendaciones aprobadas hasta ahora o las excepciones recogidas en algunos ayuntamientos y crea una norma única que será válida para todo el territorio nacional.

Desde ahora los patinetes o vehículos propulsados por motores eléctricos solo tendrán permitido circular por la ciudad y fuera de aceras y zonas peatonales. No lo podrán hacer ni en vías interurbanas, ni autopistas ni autovías que transcurran por poblaciones, ni en túneles urbanos. Los patinetes no superarán una velocidad máxima de 25km/h y tendrán que cumplir todas las normas de circulación como el resto de los vehículos.

Los conductores además estarán obligados a tener un certificado de circulación que acredite el uso de estos vehículos y podrán ser sometidos a la prueba de alcoholemia. Además durante su conducción no se podrán usar auriculares ni el teléfono móvil.

Una vez aprobada entrará en vigor el 2 de enero de 2021 y recoge multas de 100 euros por ir más de dos personas en el vehículo, 200 por utilizar el móvil o llevar auriculares y de 500 por circular por zonas prohibidas.

El patinete eléctrico se ha convertido ya en un vehículo habitual y cada vez se ve con más frecuencia en muchas ciudades de España incluida la de Santander.

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