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La ULL dicta instrucciones para examinar al alumnado con covid-19

Podrán examinarse en un segundo llamamiento o se le convocará en una nueva fecha, fuera del periodo oficial de exámenes de de enero

Universidad de La Laguna

Campus de Guajara de la Universidad de La LagunaGOBIERNO DE CANARIAS

Agencia Europa PressSanta Cruz de Tenerife

Tiempo de lectura: 2'Actualizado 16:05

La Universidad de La Laguna ha publicado hoy martes una resolución sobre el periodo de exámenes para aquellos estudiantes afectados por coronavirus. El texto ha sido firmado por los vicerrectorados de Estudiantes y Empleabilidad y de Innovación Docente y Calidad.

La resolución ya ha sido publicada en el apartado sobre esta materia de la página principal de la web institucional, así como en el Boletín Oficial del centro académico, al tiempo que se ha remitido a todo el alumnado y profesorado de la Institución.

Con carácter general, se mantiene el periodo de exámenes oficiales de la convocatoria de enero, así como la fecha límite de cierre de entrega de actas, según lo dispuesto en el calendario académico 2021/22. En el caso de los estudiantes que se encuentren en situación de aislamiento domiciliario tras una situación de contagio por covid-19, podrán examinarse en el segundo llamamiento.

La instrucción explicita que si el alumno o alumna persiste en aislamiento durante este segundo llamamiento, el profesorado responsable de la asignatura le convocará al examen en una nueva fecha, fuera del periodo oficial de exámenes de la convocatoria de enero. En todo caso, añade, se respetará el procedimiento y los plazos de revisión recogidos en el artículo 16 del Reglamento de Evaluación y Calificación de la Universidad de La Laguna.

Además, y al objeto de respetar la fecha límite del cierre de actas, el alumnado que se examine después del 9 de febrero aparecerá en acta con un 'No presentado (NP)', de tal manera que, una vez examinado, su calificación se trasladará al acta a través del procedimiento de rectificación previsto para este fin, y regulado también en el reglamento ya citado, en este caso en el artículo 24. El documento indica que se establece el 25 de febrero como fecha límite para finalizar el procedimiento de rectificación de actas.


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