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Los toques de queda y los cierres perimetrales irán contra la Constitución a partir del 9 de mayo

Tras el fin del estado de alarma las restricciones quedan en manos del Tribunal Supremo

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Aída MartínezSanta Cruz de Tenerife

Tiempo de lectura: 2'Actualizado 14:32

Quedan cuatro días para la finalización del estado de alarma el 9 de mayo. Esto supone entre otras cuestiones, la desaparición del toque de queda en horario nocturno. A raíz de este hecho y ante la petición múltiple de las comunidades autónomas de una norma que les permita seguir imponiendo restricciones para la lucha contra la covid-19, el Gobierno de España aprobaba ayer un decreto ley que permite que las regiones puedan acudir ante el Tribunal Supremo para continuar con las medidas más allá del próximo domingo.

Sobre este particular se ha pronunciado Gerardo Pérez, profesor de Derecho Constitucional de la Universidad de La Laguna, y ha puntualizado que los toques de queda y el cierre perimetral son inviables porque sin estado de alarma son inconstitucionales

En todo caso, Gerardo Pérez ha precisado que con esta última decisión gubernamental “estamos creando un clima de inseguridad jurídica completamente innecesario”.

En esta línea, ha contado que al igual que a muchos ciudadanos no le gusta estar en estado de alarma pero entiende que “si es necesario una serie de restricciones a derechos fundamentales el marco jurídico adecuado, el más claro y el que da más seguridad es el del estado de alarma”. De lo contrario, ha indicado que intentar continuar con limitaciones pero sin el “paraguas” y la cobertura jurídica actual llevará a más inseguridad.

Respecto a que el Gobierno deje en manos del Tribunal Supremo la decisión sobre las prohibiciones, Gerardo Pérez ha recordado que los tiempos de respuesta de la Administración de Justicia son aleatorios y no siempre son los mismos.

En este sentido, Pérez ha explicado que lo razonable es que haya un período para pronunciarse acorde al problema que se intenta solucionar y no tendría sentido que se resuelva cuando el asunto se ha extinguido por otra vía.

Además, ha señalado que se puede dar más de un tipo de escenario en España a partir del domingo 9 de mayo con suspensiones cautelares, en las que la medida se deja de aplicar mientras se resuelve el conflicto, o sin suspensión cautelar en cuyo caso todo el tiempo en el que se retrase la decisión final será un tiempo en que sí se cumpla con las imposiciones.



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