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Una empresa en Canarias tendrá que pagar 1.000 euros diarios por no dar mascarillas a su personal

El juez ha activado la sanción a Clece,  por no facilitar mascarillas, guantes y medios de protección adecuados a sus trabajadores

Imagen de archivo de un trabajador de Clece con material sanitario

Imagen de archivo de un trabajador de Clece con material sanitario

AgenciasLas Palmas de Gran Canaria

Tiempo de lectura: 1'Actualizado 17:01

El Juzgado de lo Social número 8 de Las Palmas de Gran Canaria ha activado la multa de 1.000 euros diarios que impuso hace una semana a la empresa que se ocupa del servicio municipal de ayuda a domilicio para personas dependientes en la ciudad por no facilitar mascarillas, guantes y medios de protección adecuados a sus trabajadores.

El juez pone en marcha el cobro de esas multas coercitivas diarias -que estarán vigentes hasta que se cumpla su mandato de facilitar equipos de protección a la plantilla- tras desestimar el recurso en el que Clece alegaba que le resultaba "imposible conseguir ese material".

Su auto subraya que el mismo día en el que la empresa hacía esta alegación, se podía leer en los medios de comunicación cómo el encargado de una importante cadena de supermercados con servicio en las islas anunciaba que había comprado 240.000 mascarillas y que el 30 de marzo las había distribuido entre sus empleados.

"Lo que lleva al planteamiento de que no estamos ante una obligación de imposible cumplimiento, máxime si atendemos al volumen económico de la empresa que ahora solicita la suspensión de las medidas acordadas", razona el magistrado.

Se trata de la tercera ocasión en la que la autoridad judicial requiere a Clece para que suministre los equipos que obliga la Ley de Prevención de Riesgos para asegurar la salud de sus trabajadores, tras aceptar el 19 de marzo la petición de medidas cautelares planteada por UGT para obligar a la firma a suministrar equipos.

Cuatro días después, el 23 de marzo, el Juzgado advirtió a la empresa de que sería multada con 1.000 euros por cada día que no cumpliera lo ordenado, y ahora, en auto fechado a 30 de marzo, rechaza suspender la orden que obliga a tal suministro en un auto sobre el que no cabe recurso alguno. 

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