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Dos años de cárcel para tres trabajadores de un geriátrico

Estaban acusados de haber dejado morir a un anciano por no prestarle la atención debida 

Dos años de cárcel para tres trabajadores de un geriátrico

Tiempo de lectura: 2'Actualizado 15:33

El Juzgado de lo Penal número 2 de Oviedo ha condenado a tres trabajadores de un geriátrico de Ablaña, en Mieres, a una pena individual de dos años de cárcel por un delito de homicidio por imprudencia grave por la muerte de un anciano de 84 años con dependencia severa, que no fue debidamente atendido.

La sentencia, contra la que cabe recurso, establece la relación de causalidad entre el fallecimiento y la "inacción" de los tres acusados, dos mujeres y un hombre, que no prestaron atención a la evolución del anciano durante la madrugada del 2 de mayo de 2016 pese a estar advertidos del empeoramiento de su salud desde días antes, informa EFE. 

El fallo señala que los acusados, a los que también inhabilita para ejercer cualquier trabajo relacionado con ancianos durante cuatro años, sólo visitaron a la víctima en dos ocasiones en toda la noche "y por un brevísimo espacio de tiempo" hasta que se percataron de su fallecimiento pasadas las 5:00 horas de la madrugada.

Todo ello, a pesar de que, al inicio del turno de noche, recibieron "indicaciones expresas para intensificar su vigilancia" ya que el anciano llevaba días con un cuadro de vómitos.

El anciano falleció por causas naturales por una insuficiencia cardio-respiratoria aguda consecuencia de un síndrome neuroléptico maligno con fiebre muy alta como efecto adverso del medicamento antidepresivo Trazodona que tenía pautado, de modo que se descarta relación alguna con los vómitos.

Sin embargo, el fallo subraya que "el desenlace fatal podría haberse evitado" si el anciano hubiera recibido atención médica.

La magistrada incide en que "la omisión imprudente se prolongó prácticamente durante toda la noche del día 2 de mayo y la madrugada del 3 de mayo de 2016, tiempo durante el que tan sólo visitaron a la víctima en dos ocasiones y por un brevísimo espacio de tiempo".

Pese a que pudieron comprobar que el anciano continuaba con los vómitos, los acusados esperaron hasta las 2:40 horas para llamar al 112 y reclamar la asistencia de un médico de guardia.

La médico de guardia de Mieres, que llegó pasadas las 3:30 horas, no pudo acceder al centro al estar estropeado el sistema de apertura a distancia utilizado por las noches y ni siquiera se molestaron en salir a abrirlo manualmente" pese a ser conocedores de la existencia de una llave tipo "allen" que podía ser utilizada en tales casos.

Los acusados, ahonda la sentencia, "no salieron del edificio ni se dirigieron a la puerta de acceso peatonal ubicada junto al portón de vehículos para permitir la entrada de la médico, ni se molestaron en salir a hablar con ella".

Además, una vez que la médico se marchó transcurridos unos quince minutos al no poder acceder al centro, ninguno de los acusados se dirigió a la habitación del anciano para interesarse por su estado de salud.

Los acusados se percataron del fallecimiento del anciano pasadas las 5:30 horas y entonces decidieron, "en contra del protocolo de actuación", asear el cuerpo para limpiarle los restos de vómito, quitarle la ropa sucia y dejarlo desnudo con un pañal y bajo una sábana limpia.

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Los trabajadores no informaron del fallecimiento, a través del 112, hasta pasadas las 7:00 horas momento en el que la médico de guardia regresó al centro al que pudo acceder dado que en horario diurno se activaba un sistema de detección de vehículos para la apertura del portón.

Sin embargo, la facultativa se negó a certificar la muerte del anciano al apreciar que la escena había sido alterada, por lo que dio aviso a la Guardia Civil

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