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Confirman la condena a 17 años a un padre por agredir y abusar de sus hijas en Oviedo

El Tribunal Superior de Justicia de Asturias ratifica la pena para el hombre que aprovechó que tenía la guardia y custodia de las niñas, de 10 y 14 años, para abusar de ellas

JUEZ JUZGADO JUSTICIA

EFE

Tiempo de lectura: 2'Actualizado 11:22

El Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) ha confirmado la condena a 17 años y 6 meses y un día de prisión para un acusado de un delito continuado de agresión sexual a su hija de 14 años y otro de abuso sexual a su hija de 10, al considerar que las pruebas testificales, documentales y periciales fueron "suficientes".

La Sala Civil y Penal del TSJA ha desestimado íntegramente el recurso de apelación interpuesto por la defensa del acusado al estimar que hay una prueba de cargo suficiente obtenida de forma válida para desvirtuar fuera de toda duda razonable la presunción de inocencia.

La sentencia reconoce que el acusado aprovechó que tenía concedida la guarda y custodia de sus hijas a raíz de su divorcio en 2010 y sometió de forma reiterada, tanto en el domicilio como en la caseta del huerto, a diversos tocamientos en el pecho y en los órganos genitales a la hija mayor, que tenía 13 años en el momento de los hechos.

Cuando la hija cumplió los 14 años y comenzó a oponerse a los deseos de su padre, éste la agarraba fuertemente por los brazos y la tiraba del pelo y para vencer su resistencia la amenazaba con que le haría “algo malo” a su hermana menor o a su madre.

Esta situación se prolongó, según la sentencia, durante nueve años hasta que la hija se fue a vivir con su madre en 2019.

El acusado también sometió a abusos sexuales a su hija menor cuando cumplió 10 años, momento en que empezó a someterle a tocamientos en los glúteos y pechos con el pretexto de que “se trataba de una broma”, según consta en la sentencia.

A consecuencia de estos abusos, la menor sufrió un trastorno de adaptación con reacción mixta ansiedad-depresión.

El TSJA ha impuesto al acusado una pena de 13 años, 6 meses y un día por un delito continuado de agresión sexual sobre su hija mayor a la que no podrá acercarse durante 15 años a menos de 500 metros y a la que tendrá que indemnizar con 15.871 euros.

Los magistrados le han condenado por este delito a participar en programas formativos, laborales o culturales de educación sexual durante cinco años.

Asimismo, por el delito continuado de abuso sexual sobre su hija menor deberá cumplir otra pena de cuatro años y un día de prisión y tendrá vigente una orden de alejamiento a menos de 500 metros durante cinco años y un día y en ese caso la indemnización se cifra en 3.000 euros.

La Sala también le ha inhabilitado para cualquier profesión u oficio relacionado con menores durante 17 años por el delito hacia su hija mayor y durante 7 años y un día por el de su hija más pequeña.

El TSJA considera que la Audiencia se basó en todas las pruebas documentales y personales válidamente obtenidas y practicadas, ajustándose a las reglas de la lógica y a los principios de la experiencia y a los parámetros de racionalidad y ponderación exigible.

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Por ello, la Sala de lo Civil y Penal recuerda que no es de su competencia censurar el criterio de la Audiencia sustituyendo, como pretendía el acusado, hacer una valoración alternativa y subjetiva del significado de los elementos de pruebas personales disponibles.

Asimismo, la Sala valora que el testimonio de las víctimas ha sido “racional” al igual que el resto de las pruebas documentales, periciales y testificales que corroboraron su versión.

La sentencia no es firme y contra la misma puede interponerse un recurso de casación ante el Tribunal Supremo (TS).


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