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Condenado a tres años y medio de cárcel por golpear a un hombre con un vaso de sidra

Sucedió en Tudela Veguín (Asturias): el procesado estaba borracho y agredió a la víctima sin que hubiese discusión previa o problema entre ellos

Vaso de sidra

EP

Tiempo de lectura: 2'Actualizado 15:29

Un procesado por golpear a un hombre con un vaso de sidra en el cuello, sin que hubiera ninguna discusión previa o problema entre ellos, ha reconocido este martes los hechos y ha aceptado una condena de 3 años y medio de prisión y prohibición de aproximación y comunicación con la víctima durante 8 años. El procesado tenía sus facultades psicofísicas altamente disminuidas por la ingesta de alcohol.

La vista oral estaba señalada este martes en la Sección Segunda de la Audiencia Provincial, con sede en Oviedo, aunque el reconocimiento por parte del procesado de los hechos que le atribuían la Fiscalía del Principado de Asturias y la acusación particular ha evitado su desarrollo. Sobre las ocho de la mañana del día 25 de diciembre de 2016, el procesado se encontraba a la puerta de un bar de Tudela Veguín fumando un cigarrillo, según ha informado la Fiscalía.

Sin que hubiera mediado discusión ni problema alguno entre ellos, el procesado, que tenía sus facultades psicofísicas altamente disminuidas por la previa ingesta de alcohol, se acercó a la víctima y le dijo: "Hijo de puta". Inmediatamente le golpeó con un vaso de sidra en la parte izquierda del cuello. Como consecuencia de ello, el hombre, nacido en 1982, sufrió herida irregular inciso-contusa de unos 8x3 centímetros en región latero-cervical izquierda, que le afectó a la musculatura del cuello. Tardó en curar 733 días, de los cuales 10 estuvo hospitalizado.

Le quedaron varias secuelas, entre ellas, plejia de grado medio en miembro superior izquierdo, cuadro ansioso depresivo (que supuso una agravación o desestabilización moderada de un trastorno mental previo) y varias cicatrices. Los hechos fueron considerados constitutivos de un delito de lesiones del artículo 149 del Código Penal.

Concurre la eximente incompleta de embriaguez. Tras reconocer los hechos, el procesado ha aceptado una condena de 3 años y 6 meses de prisión, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, prohibición de aproximación y de comunicación por cualquier medio con el denunciante durante 8 años.

La prohibición de aproximación impedirá al procesado acercarse a menos de 500 metros a la víctima, su domicilio, lugar de trabajo y cualquier otro que sea frecuentado por él.

En concepto de responsabilidad civil, el procesado deberá indemnizarle con 38.596 euros por las lesiones sufridas y con 170.000 euros por las secuelas, y al SESPA con la cantidad que se determine en ejecución de sentencia por los gastos de asistencia sanitaria. Todo ello, más los intereses legales correspondientes.


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