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Un asturiano se enfrenta a más de 4 años de cárcel por dar galletas de marihuana a su hijo adolescente

El menor, de 14 años, tuvo que ser atendido en el Hospital Universitario Central de Asturias por mareos, náuseas, visión borrosa y malestar general

MARIHUANA GALLETAS

EFE

Tiempo de lectura: 2'Actualizado 14:44

La Fiscalía de Asturias solicita una pena de cuatro años y tres meses de prisión para un hombre acusado de dar galletas de marihuana a su hijo de 14 años durante el régimen de visitas acordado durante el proceso de separación de la madre del menor.

El Ministerio Fiscal ha presentado ya su escrito de acusación ante el Juzgado de Instrucción número 2 de Oviedo.

Los hechos ocurrieron el pasado 6 de febrero cuando el acusado se encontraba en su domicilio de Oviedo con su hijo de 14 años y al que, según la Fiscalía, facilitó galletas de marihuana.

El menor, que estaba con el acusado en virtud del régimen de visitas acordado en el proceso de separación de sus padres, tuvo que ser asistido en el HUCA por mareos, náuseas, visión borrosa y malestar general.

La analítica realizada al menor en orina a su ingreso en el hospital confirmó la presencia de THC en su organismo.

Según el informe emitido por el forense, el menor tardó en curar dos días sin secuelas, ni requerir tratamiento médico específico alguno.

La Fiscalía imputa al acusado sendos delitos contra la salud pública, en forma de sustancias que no causan grave daño a la salud, y lesiones en el ámbito familiar.

En su escrito, la acusación pública pide que por el primer delito el acusado cumpla una pena de 3 años y 6 meses de prisión y multa de 15 euros, con un día de privación de libertad en caso de impago y por el delito de lesiones en el ámbito familiar, otra pena de 9 meses de prisión.

Asimismo, interesa que el acusado sea privado del derecho a la tenencia y porte de armas durante 2 años e inhabilitación especial para el ejercicio de la patria potestad durante 2 años, sobre su hijo.

Además, pide que el acusado, en caso de condena, no pueda aproximarse a su domicilio, lugar de trabajo o cualquier otro frecuentado por el menor o a menos de 200 metros, así como la prohibición de comunicarse con él por cualquier medio o procedimiento durante 1 año y 9 meses, quedando en suspenso el régimen de visitas reconocido en su favor por ese tiempo.


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