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La Audiencia de Oviedo revisará las condenas sexuales con "proporcionalidad"

La resolución ha sido dictada tras una reunión este lunes de los doce magistrados. Se valorará cada caso "de forma proporcional e individualizada"

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Agencia EFE

Tiempo de lectura: 2'Actualizado 14:49

La Audiencia de Oviedo ha decidido revisar de oficio las sentencias firmes en las que la pena no esté suspendida de acuerdo a la nueva ley de Garantía Integral de la Libertad Sexual, "bajo el prisma de proporcionalidad atendiendo al contenido íntegro" del fallo.

La resolución firmada este lunes por el presidente de la Audiencia, José Antonio Soto-Jove, que no hace referencia a una posible rebaja de condenas por la aplicación de la nueva ley, ha sido dictada tras una reunión de los doce magistrados de las secciones penales de la Audiencia para analizar la incidencia de la norma conocida como la ley del "sólo sí es sí".

Fuentes judiciales han apuntado a EFE que la resolución supone apostar por una revisión de oficio de las sentencias para valorar cada caso "de forma proporcional e individualizada".

El expediente gubernativo de la Audiencia precisa que no se revisarán las sentencias cuando el cumplimiento de la pena esté suspendido, "sin perjuicio de hacerlo en caso de que se revoque la suspensión". En el procedimiento de revisión se dará traslado al Ministerio Fiscal, a las partes personadas y a la víctima "se encuentre o no personada".

Esta resolución llega después de que el Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) dictara el pasado jueves la primera sentencia que supuso la rebaja de una pena por aplicación de la “ley del sólo sí es sí”, de diez a nueve años de cárcel para un condenado por abusar sexualmente de un menor.

La Audiencia Provincial de Navarra ha anunciado este lunes que no rebajará las condenas cuando las penas impuestas puedan ser imponibles con la nueva ley de libertad sexual, en línea con el criterio marcado por la Fiscalía General del Estado para intentar limitar los efectos de la "ley del solo sí es sí".

De esta forma, los jueces de las dos secciones penales de la Audiencia de Navarra solo revisarán las sentencias cuando la pena que fue impuesta resulte superior o más grave que la máxima contemplada en la nueva norma.

La Audiencia de Navarra se desmarca de este modo de lo acordado por otros tribunales, como las audiencias de Madrid, Málaga, Bizkaia, Alicante o Granada, entre otras, partidarias de aplicar siempre la ley más favorable al reo, lo que se traducirá en un mayor porcentaje de revisiones de sentencias a la baja.

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