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El deporte regresará condicionado por las limitaciones de movilidad

Las competiciones oficiales estarán también supeditadas a los horarios vigentes en cada momento. Los menores de 16 años estarán obligados a llevar mascarilla

Javier de Diego. Director General de Deporte del Gobierno de Aragón

Javier de Diego, durante la reunión con las federaciones. | DGA

COPE.ESZARAGOZA

Tiempo de lectura: 2'Actualizado 20:17

Las competiciones deportivas oficiales de ámbito autonómico, que comenzarán el próximo día 20 en el caso de las especialidades individuales y el 27 para el resto, estarán condicionadas por las limitaciones de movilidad territorial y de horario vigentes en cada momento por la pandemia de covid-19.

Con este calendario, al que se dio el visto bueno de manera conjunta, el Gobierno establece un marco para que los deportistas de Aragón puedan volver a competir, aunque es decisión de sus respectivas federaciones si retoman o no los torneos. El director general de Deporte, Javier de Diego, se ha reunido esta tarde con las federaciones deportivas aragonesas para explicarles las medidas que contiene esta orden, ya analizadas en reuniones previas, y que entrarán en vigor el próximo día 20.

Con estos protocolos se trata de compaginar la necesidad de comenzar las competiciones con la necesaria protección de la comunidad deportiva ante la pandemia. La orden reconoce que, a pesar de la declaración del nivel de Alerta 3 en modalidad agravada en Aragón, el régimen general previsto se puede modular en función de los datos que ahora permiten la competición deportiva con las suficientes garantías de seguridad, informa el Gobierno de Aragón en una nota de prensa.

EVITAR CONTAGIOS

Para evitar contagios, será obligatorio el uso de la mascarilla en las competiciones deportivas y los entrenamientos, aunque no será exigible para los mayores de 16 años ni en los torneos de deportes individuales sin contacto físico, aunque tengan lugar en espacios cerrados.

Se permitirá la presencia de público de la localidad donde se ubique el campo de juego, con un aforo máximo del 30 % de la capacidad total del espacio, sin que pueda superarse en ningún caso la presencia de 300 personas sentadas en lugares cerrados o de 500 al aire libre, con la correspondiente distancia interpersonal de seguridad de 1,5 metros.

En las competiciones o eventos de menores de 16 años está prohibida la presencia de público, con excepción de la persona que acompañe de manera necesaria a los deportistas por razones de edad o cualquier otra circunstancia que lo exija. El responsable de la instalación será el encargado de establecer sistemas que permitan el control de aforo, lo que podrá ser requerido por parte del personal inspector competente, así como por los agentes de la Policía Local y de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.

El uso de vestuario y duchas estará solo permitido a los equipos desplazados desde otra localidad, no podrá superar el 50 % de su aforo y deberá ser limpiado y desinfectado por el titular o responsable de la instalación tras cada uso.

Los establecimientos de hostelería y restauración ubicados en los recintos deportivos en que se celebren competiciones oficiales autonómicas desarrollarán su actividad con sujeción a las normas establecidas en cada momento, con carácter general, para dicho tipo de establecimientos y solo estará permitido el consumo de comida y bebida en las mesas de estos espacios. Son condiciones que podrán flexibilizarse en el caso de que mejorara la situación general.

Tendrán la consideración de competiciones oficiales de ámbito autonómico las así calificadas por las federaciones deportivas aragonesas, los Juegos Deportivos en Edad Escolar, los Campeonatos Universitarios de Aragón y las organizadas directamente por la Dirección General de Deporte.

Antes del inicio de la competición, se deberá remitir a la Dirección General de Deportes para su aprobación el calendario y las condiciones específicas para su desarrollo. En el caso de que el titular del centro o la instalación no pueda garantizar el cumplimiento de estas medidas, podrá denegar la celebración de la competición o entrenamiento.

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