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La ordenanza municipal de purines y estiércoles de Huesca será aprobada sin modificaciones

Se han desestimado las alegaciones presentadas al texto

La ordenanza se aprobará en pleno

La ordenanza se aprobará en plenoHUESCAASAJA

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Tiempo de lectura: 2'Actualizado 13:40

La ordenanza municipal de purines y estiércoles de Huesca será aprobada sin modificaciones, ya que la comisión informativa de Servicios Generales y Medio Ambiente del Ayuntamiento de Huesca ha desestimado las alegaciones presentadas al texto, que entrará en vigor tras su aprobación en pleno. El dictamen ha recibido el informe favorable de todos los grupos municipales, a excepción de VOX.

Las organizaciones agrarias reclamaban en sus alegaciones que se incrementara el umbral de velocidad del viento con el que se prohíbe el empleo de fertilizantes orgánicos en el término municipal. La ordenanza establece una velocidad máxima de 15 kilómetros por hora y las organizaciones pedían que se incrementara a 30, por considera que 15 era demasiado restrictivo.

El concejal del área de Medio Ambiente del Consistorio oscense, Roberto Cacho, ha dicho que “este punto es fundamental si queremos tener un control de la problemática de los olores que puede producir el trabajo en el campo”. Ha añadido que “la AEMET marca la velocidad nedia del viento día a día, con lo cual no debe generar ningún tipo de problema al agricultor cuando vaya a hacer la aplicación”, ya que “es tan simple como consultar en la web los datos de la AEMET”.

Por su parte, Ecologistas en Acción había solicitado una moratoria en la concesión de autorizaciones de explotaciones de porcino en el término municipal. El concejal de Medio Ambiente ha señalado que en este caso la desestimación se fundamenta en que las enmiendas de Ecologistas en Acción “no están en realidad relacionadas con la ordenanza en debate”.

La ordenanza marca unos períodos en los que se limitan las aplicaciones agrícolas a unas distancias mínimas de la ciudad. Del 1 de junio al 31 de julio y del 1 de septiembre al 1de octubre no se puede trabajar a 1 kilómetro de la ciudad y del 2 de octubre la 31 de mayo, a 300 metros; del 1 al 31 de agosto no se puede aplicar el tratamiento en todo el término municipal. Además, habrá momentos en los que el Ayuntamiento establezca restricciones como, por ejemplo, con motivo de la celebración del Día de las Fuerzas Armadas el 30 de mayo.

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