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Más de 26.700 personas solicitan en Málaga que no les envíen propaganda electoral a casa

La petición se realiza a través del Instituto Nacional de Estadística

Más de 26.700 personas solicitan en Málaga que no les envíen propaganda electoral a casa

Más de 26.700 personas solicitan en Málaga que no les envíen propaganda electoral a casa

Redacción COPE Málaga

Tiempo de lectura: 2'Actualizado 15 oct 2019

Más de 26.700 malagueños han pedido al Instituto Nacional de Estadística que les excluya de las copias del censo electoral que se entregan a los representantes de las candidaturas de los partidos políticos para realizar envíos postales de propaganda electoral. Es decir, que han solicitado oficialmente que no les envíen propaganda. Málaga es la segunda provincia andaluza, después de Sevilla, con más peticiones. El plazo de cara a las elecciones generales del 10 de noviembre terminó, así que para quienes hagan esa petición a partir de ahora, ya su petición tendrá efecto en los siguientes comicios que se celebren y ya el elector no volverá a recibir propaganda, salvo que solicite lo contrario.

De otro lado hay que informar además sobre el voto por correo. La gestión del voto por correo incluye la admisión de las solicitudes, su entrega en las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral, la entrega en mano de la documentación electoral remitida por el Censo a los solicitantes, así como la admisión del voto por correo y su custodia en las oficinas de destino hasta su entrega durante la jornada electoral en las mesas electorales correspondientes.

La colaboración de Correos con las Elecciones Generales se extiende también al reparto de las tarjetas censales y a los envíos de propaganda electoral, además de las comunicaciones a miembros de las Mesas Electorales, el envío a los Ayuntamientos de la lista del censo, o la recogida de documentación el día de las elecciones. Los ciudadanos que quieran votar por correo en las Elecciones Generales pueden solicitar hasta el día 31 de octubre en cualquier oficina de Correos de España, el Certificado de su inscripción en el Censo Electoral. El certificado es requisito imprescindible para poder emitir el voto por correspondencia.

La solicitud debe ser realizada personalmente por cada elector, salvo en caso de enfermedad o discapacidad -acreditada mediante certificación médica oficial-, que le impida la formulación personal de dicha petición, en que podrá ser presentada en nombre del elector por otra persona autorizada notarialmente o consularmente. En el momento de formular la solicitud, los interesados deben acreditar su personalidad presentando ante el empleado de la oficina postal el DNI, pasaporte o carnet de conducir originales.

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