Condenado a casi 63 años de cárcel el entrenador de fútbol femenino que abusó de más de veinte menores

Francisco Manuel López Azañeira cumplirá algo más de 11 años de prisión a pesar de que la Fiscalía pedía 147 y tendrá que indemnizar a las víctimas 

(Foto de ARCHIVO)Fachada de la Audiencia Provincial de Huelva.EUROPA PRESS18/10/2023

EUROPA PRESS

(Foto de ARCHIVO)Fachada de la Audiencia Provincial de Huelva.EUROPA PRESS18/10/2023

Redacción COPE Huelva

Huelva - Publicado el - Actualizado

3 min lectura

El Juzgado de instrucción  nº 3 de Huelva condena al entrenador de fútbol femenino, Francisco Manuel López Azañeira a casi 63 años de prisión,  por delitos graves de agresión sexual y abuso continuado a menores de dieciséis años, cometidos contra diversas víctimas.

¿Cuántos años de prisión cumplirá realmente? 

Aunque la acumulación de las penas impuestas suma más de 60 años de prisión, el Código Penal español establece un límite máximo de cumplimiento efectivo, conocido como límite máximo legal de cumplimiento de penas privativas de libertad.

En este caso, la sentencia indica que dicho límite es el triple de la pena más grave impuesta, es decir:

  • Pena más grave: 3 años y 9 meses (3.75 años)
  • Límite máximo: 3.75 años × 3 = 11.25 años
  • Sin embargo, la sentencia concreta que el máximo de cumplimiento efectivo será de 3 años y 27 meses, que equivale a 5 años y 3 meses.  Recordemos que la Fiscalía pedía 147 años de prisión
  • Por lo tanto, pese a las numerosas condenas acumuladas, el condenado cumplirá un máximo de 5 años y 3 meses de prisión en total.

     Detalles de la condena 

    El acusado ha sido condenado por varios delitos, entre los que destacan:

  • Tres delitos de agresión sexual a una menor, con una pena de tres años y nueve meses de prisión, además de inhabilitación para ejercer profesiones relacionadas con menores durante trece años y prohibición de comunicación y acercamiento a la víctima por un periodo de diez años.
  • Cinco delitos de agresión sexual contra otra menor, con penas de un año de prisión por cada delito y nueve años de inhabilitación para actividades con menores.
  • Diversos delitos de abuso sexual continuado a menores, con penas que van desde seis meses hasta tres años de prisión, inhabilitación para el derecho de sufragio pasivo durante la condena y prohibiciones de comunicación y acercamiento a las víctimas por periodos que oscilan entre cinco y diez años.
  • En total, la sentencia contempla condenas por delitos cometidos contra múltiples menores, estableciendo un máximo de cumplimiento efectivo de tres años y veintisiete meses de prisión. 

    Medidas complementarias

     Años de inhabilitación para actividades con menores 

  • Para la primera víctima principal: 13 años de inhabilitación para cualquier profesión u oficio que implique contacto regular y directo con menores.
  • Para otra víctima con varios delitos: 9 años de inhabilitación para actividades con menores.
  • Para el resto de víctimas: 5 años de inhabilitación para actividades con menores.
  • Además, se ordena una medida de libertad vigilada por cinco años, que se cumplirá tras el cumplimiento de las penas privativas de libertad. Responsabilidad civil y costas

    El condenado deberá indemnizar económicamente a cada una de las víctimas, con cantidades que varían según el caso, además de hacerse cargo de las costas judiciales derivadas del proceso., con un total que supera los 66.000 euros

    Relevancia de la sentencia

    Esta resolución refleja la firmeza del sistema judicial en la persecución y sanción de delitos sexuales contra menores, reforzando la protección de las víctimas y estableciendo medidas para evitar futuros contactos entre el agresor y las personas afectadas.

    La sentencia tiene un carácter ejemplar y subraya la importancia de sancionar no solo con penas de prisión, sino también con medidas de inhabilitación y vigilancia posteriores para garantizar la seguridad y el bienestar de las víctimas.

    Cabe destacar que no se ha celebrado juicio, ya que el acusado alcanzó un acuerdo de conformidad con el Ministerio Fiscal y las acusaciones, declarándose culpable de todos los delitos imputados. Este acuerdo tuvo como principal objetivo evitar la revictimización de las menores, protegiéndolas del impacto emocional que supondría tener que declarar en sede judicial y revivir los hechos en un proceso público.   

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