¿Qué ocurrirá con tu contrato de alquiler durante el estado de alarma?
Te contamos todo lo que debes saber sobre los contratos de alquiler o viajes y tus derechos como consumidor
Redacción Granada
Tiempo de lectura: 2'
Actualizado 27 mar 2020
Todos los contratos se ven afectados, y por ahí hay que empezar, tras declararse el estado de alarma se publicó una resolución del Ministerio de Consumo con los derechos de los consumidores y usuarios debido a la situación provocada por COVID-19. Esa resolución habla de las cancelación de viajes, del derecho de reembolso completo o de que se puede desistir del contrato sin penalización, además de la cancelación de eventos. Javier López y García de la Serrana, director general de Hispacolex, ha insistido en que el ministerio de consumo “Lo ha dejado bien claro” en su escrito y pone por ejemplo que en el comercio electrónico también se puede cancelar contrato con la devolución del contrato.
�� El plazo de devolución de cualquier producto que hayas adquirido durante el Estado de Alarma queda interrumpido.#EscudoSocialCoronavirus #EsteVirusLoParamosUnidos pic.twitter.com/g5sbzAnI4L
— Ministerio de Consumo (@consumogob) March 17, 2020
Modificar contratos de alquiler
De la Serrana asegura que la clave de todo es que “La modificación de las circunstancias que se tuvieron en cuenta para firmar un contrato” y eso tiene su efecto en los alquileres, sobre todo en los locales de negocios donde los propietarios y arrendatarios se van a ver afectados, en cierta manera, ya que van a tener que llegar a un acuerdo entre ambas partas, “serán las partes las que de común acuerdo lo solucionen, sino será en los tribunales”
El consejo es que se llegue a un acuerdo para suspender o reducir la renta porque ambas partes están interesadas “el arrendador no le interesa ponerse a buscar un arrendatario, y al arrendatario no le interesa tener que buscar otro local con la inversión que habrá hecho.
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Autoasesorarse sale caro
Hay que acudir a profesionales, porque “autoasesorarse es tan peligroso como automedicarse” ya que parece un documento muy sencillo pero puede tener connotaciones que pueden causar problemas a corto plazo. Uno de esos ejemplos es el IVA, bajo ningún concepto se va a poder dejar de pagar ese impuesto aunque se haya llegado a un acuerdo. “quizás lo más fácil es facturar el mismo importe aunque se retrase el pago, pero nunca dejar de liquidar el Iva”
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