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El juez decano: "Garantizamos el cumplimiento de la tutela judicial en el Juzgado de 24 horas"

Los Magistrados, Fiscales y Letrados de Córdoba responden a las declaraciones en COPE del decano del ICA sobre el funcionamiento del Juzgado 24 horas

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Redacción Córdoba

Tiempo de lectura: 2'Actualizado 12:29

Los Magistrados, Fiscales y Letrados de la Administración de Justicia de Córdoba, a la vista de las declaraciones en COPE el pasado miércoles 5 de febrero del decano del Ilustre Colegio de Abogados de Córdoba, José Luis Garrido, sobre el mal funcionamiento del Juzgado de Guardia de 24 horas, han manifestado:

  1. Tanto los Jueces como los Fiscales actuamos en garantía de los derechos fundamentales de las personas y, en concreto, de las personas detenidas, siendo los primeros interesados en que se respecten los mismos, junto con los Letrados de la Administración de Justicia y Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. 
  2. Desde que la prestación del servicio de guardia de 24 horas comenzase su andadura el 18 de marzo de 2019, no se ha presentado queja alguna sobre el funcionamiento de dicho servicio por parte de ninguna persona que haya hecho uso del mismo, ni tampoco por parte de profesionales de la abogacía, ya se trate de letrdos de oficio como de los que son elegidos por los detenidos.
  3. Todo detenido es de inmediato atendido por el Juzgado de Guardia en cuanto es puesto a disposición judicial, no habiéndose producido ninguna denuncia por detención ilegal, como tampoco se ha planteado ningún procedimiento de hábeas corpus por este motivo.
  4. Córdoba, al igual que sucede con otras ciudades con juzgados de 24 horas, y con el fin de optimizar los medios y racionalizar el trabajo, cuenta con un protocolo de conducciones en el que se contemplan dos traslados diarios ordinarios y cuantos extraordinarios sean necesarios para garantizar los derechos de las personas detenidas.
  5. Este protocolo ha sido ratificado por la Comisión Permanente del Conseje General del Poder Judicial, que sobre la base de la doctrina sentada por le Tribunal Constitucional y el Tribunal Supremo, ha declarado que el mismo es conforme a la Constitución y a la ley, y que, por tanto, garantiza los derechos de los detenidos. 
  6. Además de la atención y legalización de los detenidos, hay otras múltiples funciones que desempleña el juzgado de guardia de 24 horas, como tramitar de manera inmediata denuncias, celebrar juicios rápidos; preconstituir pruebas conforme a la ley, especialmente cuando las personas perdjudicadas sean extranjeras y tengan que abandonar nuestra ciudad; actuaciones de carácter urgente o inaplazable en los delitos de violencia sobre la mujer cuando el Juzgado especializado está cerrado; inscripciones y órdenes de inhumación en caso fallecimiento; autorización judicial de trasplantes; colocación de dispositivos telemáticos de localización, etc.
  7. Finalmente, queremos reiterar el compromiso de Magistrdos y Jueces para garantizar el cumplimiento de la tutela judicial efectiva, así como la defensa y el respeto de las garantías constitucionales y procesales de cualquier persona privada de liebertad, junto con el Ministerio Fiscal y los Letrados de la Administración de Justicia. 
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