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Comité de Competición

Competición multa al Barcelona con 150 euros por la visita de Laporta al vestuario arbitral tras el Clásico

El presidente del Barcelona acudió tras el partido en el Bernabéu al vestuario de Sánchez Martínez para pedirle explicaciones sobre algunas jugadas del Clásico.

Comida de directivas del Real Madrid y del FC Barcelona previa al clásico

Joan Laporta pidió explicaciones a Sánchez Martínez tras el Clásico.EFE

Cope.es

Tiempo de lectura: 2'Actualizado 17:37

El pasado domingo tras la finalizacion del partido en el Santiago Bernabéu, Joan Laporta, presidente del Barcelona, bajó al vestuario del colegiado Sánchez Martínez para pedirle explicaciones de forma reiterada, según el acta arbitral, por lo ocurrido en el Clásico. Laporta se quejaba del penalti señalado de Eric García a Rodrygo y de algunas otras acciones. Ahora, días después se ha conocido que por esta acción el Barcelona ha sido castigado con una multa de 150 euros por el Comité de Competición.

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"El club alegante señala en su escrito que si bien se reconoce que el incidente recogido en el acta se produjo a la finalización del partido, en todo caso la intención del Sr. Presidente del club no fue protestar a los árbitros, habiéndose dirigido a los mismos en términos respetuosos y educados y con la única intención de conocer su opinión respecto a sus decisiones. Asimismo, señala que abandonó el vestuario tan pronto fue requerido al efecto y además expresó sus disculpas al Presidente de la RFEF, reiterándolas en el propio escrito presentado. Por todo ello, solicita que no se imponga sanción alguna por tales hechos o, subsidiariamente, que se imponga la sanción mínima aplicable.

Los hechos recogidos en el acta, que son expresamente reconocidos como ciertos en el escrito de alegaciones, son subsumibles, de acuerdo con el criterio reiterado de este Comité en múltiples resoluciones referidas a supuestos similares, en el la infracción tipificada en el artículo 133 del Código Disciplinario, esto es, incumplimiento de órdenes, instrucciones, acuerdos u obligaciones reglamentarias, en concreto de cuanto establece la Disposición General duodécima de las Normas reguladoras y Bases de la Competición respecto a las personas que tendrán acceso a los recintos de los vestuarios. No procede por ello acoger la petición principal de las alegaciones formuladas, pero sí en cambio su petición subsidiaria, pues las circunstancias concurrentes que dicho escrito recoge determinan que la sanción a imponer al FC Barcelona sea graduada adecuadamente de forma leve, esto es en 150 euros".

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