• Jueves, 18 de abril 2024
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SANCIONADO UN PARTIDO

Competición desestima las alegaciones del Atlético por la expulsión de Correa

Según el Comité el vídeo aportado por el equipo rojiblanco "no acredita que el relato o la apreciación del árbitro es imposible o claramente errónea".

REAL MADRID VS ATLETICO DE MADRID

Gil Manzano expulsó a Correa en el derbi.CORDON PRESS

EFE

Tiempo de lectura: 2'Actualizado 16:42

El Comité de Competición de la Federación Española de Fútbol (RFEF) consideró que las alegaciones del Atlético de Madrid y el vídeo aportado contra la expulsión de Ángel Correa en el derbi "no acreditan que el relato o la apreciación del árbitro es imposible o claramente errónea" para no sancionar con un partido al jugador.

"La descripción de los hechos que el árbitro refleja en el acta en relación con la conducta desplegada por el jugador expedientado no resulta desvirtuada por las imágenes, que se corresponden con la versión descrita en aquella y que determinaron la decisión de expulsarle", señaló el Comité en su resolución, tras imponer al jugador un partido de sanción.



Correa fue expulsado en el minuto 64 del derbi por "golpear con el codo a un adversario sin estar el balón en juego", según el acta del colegiado Gil Manzano y el Atlético de Madrid presentó alegaciones para evitar la sanción, que puede ser recurrida ante el Comité de Apelación en un plazo de diez días.

En sus alegaciones el Atlético argumentó que "la acción entre ambos jugadores se lleva a cabo estando el balón en juego"; "que el golpe con el codo que refleja el acta se trata realmente de un forcejeo entre dos jugadores que buscan su espacio en el campo en un saque de banda", que no fue una acción violenta, ni provocó lesión o daño al rival, que simuló "claramente un daño que no se produce".

"No es cierto, a juicio de este Comité, que, como sostiene el club alegante, no exista “un golpe con el codo”, ni que estemos en presencia de un forcejeo, que constituya “un típico lance de juego”, ni que nos “encontremos ante una situación fingida, con la única intención de provocar el error arbitral", afirma Competición.

El Comité considera que, tras quedar "sentado que estamos en presencia de una conducta sancionable", la acción debe encuadrarse en el artículo 130.1 del Código Disciplinario de la RFEF e imponer un partido de suspensión.

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