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Sensores, GPS o dashcams, las limitaciones de las cámaras en coches que debes conocer para que no te sancionen

Los coches cada vez cuentan con más novedades tecnológicas. Pero cuidado, tienen una serie de limitaciones legales que hay que tener en cuenta

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Tiempo de lectura: 2'Actualizado 12:47

Sensores, que permiten saber si el usuario se acerca a un objeto y facilitan el aparcamiento, sistemas de localización por GPS que ayudan a encontrar un vehículo en caso de accidente, cámaras en el salpicadero que permiten grabar lo que ocurre mientras se conduce, -conocidas como 'dashcams' y que se emplean sobre todo para registrar accidentes-. Los coches cada vez cuentan con más novedades tecnológicas. Pero cuidado, tienen una serie de limitaciones legales que hay que tener en cuenta, y que se recogen en la guía sobre videovigilancia de la la Agencia de Protección de Datos (AEPD).

PROTECCIÓN DE DATOS

Para que este tipo de cámaras cumpla con los criterios definidos por la Agencia de Protección de Datos, el dispositivo debe ser de uso privado y no debe funcionar como un sistema de videovigilancia, ya que puede llegar a vulnerar el derecho de la intimidad de terceros.

En este sentido, las 'dashcams' que funcionan como sistema de vigilancia son aquellas que están activas en todo momento y a las que los usuarios pueden acceder en remoto mediante su teléfono móvil y sin avisar de la filmación.

SANCIONES

Precisamente, este ha sido el motivo por el que la AEPD ha impuesto una sanción de 1.500 euros a un vecino de Toledo por instalar una cámara 360º en la parte trasera de su vehículo enfocada hacia la calzada.

Sin embargo, no todas las 'dashcams' ejercen funciones de videovigilancia, como rcoge el informe 'Derecho a la intimidad y las dashcam en España', de la aseguradora Hello Auto. Para que los usuarios puedan instalar estas cámaras de forma legal, la AEPD señala que la activación de la grabación debe producirse de forma puntual, únicamente cuando sucede un evento concreto, y el acceso a las imágenes también debe producirse sólo cuando ocurre un incidente.

Asimismo, la AEPD indica que este tipo de cámaras deben difuminar la imagen de las matrículas o personas que aparezcan en el vídeo y que no estén vinculadas al evento en cuestión, y debe darse adecuado cumplimiento a la obligación de información de interesados.

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