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La madre de una niña decidirá sobre vacunarla pese a la oposición del padre

Un juez de Avilés ha concedido a una enfermera del hospital Jove de Gijón la capacidad de decisión sobre la administración de la vacuna contra la covid-19 a su hija de 8 años, de la que tiene la custodia, para que disponga de la totalidad de la vacunación en las pautas que sean recomendadas por las autoridades sanitarias pese a la oposición del padre.

Agencia EFE

Tiempo de lectura: 2'Actualizado 14:19

Un juez de Avilés ha concedido a una enfermera del hospital Jove de Gijón la capacidad de decisión sobre la administración de la vacuna contra la covid-19 a su hija de 8 años, de la que tiene la custodia, para que disponga de la totalidad de la vacunación en las pautas que sean recomendadas por las autoridades sanitarias pese a la oposición del padre.

En un auto, el titular del Juzgado de Instrucción número 7 de Avilés da la razón a la Fiscalía y a la madre de la menor, quien instó la tramitación de un expediente de jurisdicción voluntaria para lograr vacunar a su hija en contra del criterio del padre, quien tiene concedido el disfrute de los fines de semana alternos y la mitad de las vacaciones y se opone abiertamente a su vacunación.

La madre reside con otro hijo y su actual marido, todos ellos vacunados; y cuando, por motivos de trabajo no puede estar con su hija, se ocupan de ella los abuelos maternos, también inmunizados, al igual que la abuela paterna, con la que mantiene relación la menor.

A su vez, el padre reside actualmente con una compañera que también está vacunada y su oposición a que la menor pueda recibir nuevas vacunas se debe a que él sufrió taquicardia tras recibir la primera dosis, una circunstancia que ha sido el desencadenante de su actual rechazo.

A juicio del padre, las vacunas contra el covid no están suficientemente desarrolladas para saber sus efectos secundarios y ha alegado que, en el caso de los menores, no hay estudios que avalen su necesidad ante la escasa entidad de los síntomas en niños.

Ante esta disyuntiva, el juez ha primado a la madre en interés del menor y sostiene que no corresponde a la justicia entrar en debates científicos sobre las consecuencias que puede conllevar la vacuna o no ponérsela dado que incluso los expertos en esta materia desconocen no sólo el origen de la pandemia, sino la evolución de la misma y el desarrollo y efectos de las vacunas.

En su opinión, es innegable que desde la existencia de las vacunas la mortalidad, la gravedad y las consecuencias que produce la infección por covid han disminuido, y que la asistencia sanitaria por causas graves corresponde proporcionalmente a más personas sin vacunar que vacunadas.

Además, reconoce que sí está acreditado que personas vacunadas tienen no sólo menos riesgos de tener consecuencias graves en caso de infección, sino menor carga viral para transmitir frente a terceros y tampoco se acredita, según consta en el auto, que las personas vacunadas desarrollen otros efectos perjudiciales para su salud en estos momentos.

Con esta argumentación, el magistrado-juez concluye que la vacunación no va contra el interés de la menor, sino que se hace para evitar desarrollar una mayor gravedad en caso de infección, estando además aprobaba por las autoridades sanitarias y pediatras.

Con esa vacuna, por tanto, se trata de conseguir una mejor respuesta inmunitaria y más seguridad frente a terceras personas sino también para su salud, razona en el auto.

Finalmente, el magistrado-juez acuerda conceder a la madre la decisión sobre la menor, al ser la principal cuidadora, tener su custodia y trabajar en el ámbito sanitario donde, según sostiene, el riesgo de contraer el covid es mayor que en otras profesiones por lo que la menor tiene mayor riesgo de contraer una infección, "más motivo para que esté vacunada", concluye. EFE

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