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La Justicia Europea rechaza limitar las licencias de los VTC en función de las otorgadas a los taxis

El tribunal considera que otorgar una licencia de VTC por cada 30 de taxi es contrario al derecho a la libertad de establecimiento

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Tiempo de lectura: 2'Actualizado 11:31

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dictaminado este jueves que limitar el número de licencias de vehículos de turismo con conductor (VTC) en función de las que se otorguen a los servicios de taxi, como hizo el Área Metropolitana de Barcelona (AMB), es contraria al derecho de la Unión Europea.

El Tribunal ha considerado que otorgar una licencia de VTC por cada treinta de taxi y exigir la obtención de una autorización específica adicional suponen una restricción a la libertad de establecimiento consagrada en el derecho de la Unión.

Según la sentencia, la ratio de una licencia de VTC por cada 30 de taxi "limita efectivamente el acceso al mercado a todo recie?n llegado", y el requisito de la licencia adicional "limita el nu?mero de prestadores de servicios de VTC del Área Metropolitana de Barcelona".

La sentencia responde a la cuestión prejudicial que el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña le plantó al TJUE ante la demanda la sociedad Prestige and Limousine, S. L. (P&L) -que opera Cabify- contra el reglamento del AMB para limitar el número de VTC en la región metropolitana de Barcelona.

En segundo lugar, el TJUE analizó si las limitaciones impuestas a la libertad de establecimiento están justificadas por una "razón imperiosa de interés general".

A este respecto, considera que si bien los objetivos de buena gestio?n del transporte, del tra?fico y del espacio pu?blico y de la proteccio?n del medio ambiente, pueden constituir razones imperiosas de intere?s general, "el objetivo de garantizar la viabilidad econo?mica de los servicios de taxi es un motivo de cara?cter puramente econo?mico que no puede constituir una de esas razones".

El TJUE señala además que la limitación de una licencia de VTC por cada 30 de taxis "no parece ido?nea para garantizar la consecucio?n" de estos objetivos.

En cambio, la exigencia de una autorización adicional sí "puede resultar necesaria para la buena gestio?n del transporte, del tra?fico y del espacio pu?blico, asi? como para la proteccio?n del medio ambiente".

Aunque los jueces aclaran que esa autorización "debe basarse en criterios objetivos, no discriminatorios y conocidos de antemano, que excluyan cualquier arbitrariedad y que no se solapen con los controles ya efectuados en el marco del procedimiento de autorizacio?n nacional, sino que respondan a necesidades particulares del AMB".

Además, el tribunal avala los argumentos de que los servicios de VTC ayudan a lograr estos objetivos de interés general, al fomentar la reducción del uso del vehículo privado y utilizar energías alternativas, así como contribuir a alcanzar el objetivo de una movilidad eficaz e integradora, gracias a su nivel de digitalizacio?n y a la flexibilidad en la prestacio?n de servicios.

El TJUE también avala el argumento de que "es posible adoptar medidas menos restrictivas para limitar el posible impacto de la flota de los VTC en el transporte", como la "organizacio?n de los servicios de VTC, limitaciones de estos servicios durante determinadas franjas horarias o incluso restricciones de circulacio?n en determinados espacios".


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